La decisión del Gobierno de suspender las comunicaciones celulares entre Viguí (Veraguas) y Horconcitos (Chiriquí) se tomó el viernes 3 de febrero y ayer se vieron las primeras consecuencias legales.
Ayer, el director de Asesoría Jurídica de la Universidad de Panamá, Vicente Archibold, presentó una acción de amparo de garantías constitucionales ante la Corte Suprema de Justicia contra el ministro de Seguridad, José Raúl Mulino, y la directora de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (Asep), Zelmar Rodríguez.
Archibold acusó a Mulino y a Rodríguez de coartar la comunicación de los indígenas. Ayer, antes de sellar el acuerdo en San Lorenzo, la cacica general de la comarca, Silvia Carrera, volvió a reprochar la medida a las autoridades. “Se nos cortó la libertad de comunicarnos con nuestra gente. El pueblo está molesto”, dijo.
El pasado 3 de febrero, la Asep dio la orden a las cuatro operadoras de telefonía celular que operan en el país (Cable & Wireless, Movistar, Claro y Digicel) de suspender las comunicaciones celulares en el área bloqueada por los indígenas.
A pesar de las peticiones de este diario, ni la Asep ni el Ministerio de Seguridad han sustentado jurídicamente la medida, ni han facilitado copia de la orden que precedió al “apagón”.
El domingo, el ministro Mulino dijo que se había tomado esa decisión por razones de seguridad, para salvaguardar la infraestructura física de las operadoras de telefonía que podría ser saboteada, de acuerdo con información que manejaban.
También reconoció el ministro que “esa falta de comunicación ha servido para aplacar un poco toda la coordinación política y la manipulación política de grupos de extrema izquierda y de partidos políticos de oposición”.
usuarios evalúan demandas
Las agrupaciones de consumidores y usuarios de Panamá también evalúan las acciones legales a tomar por el bloqueo de las comunicaciones celulares.
Giovanni Fletcher, presidente del Instituto Panameño de Derecho de Consumidores y Usuarios, dijo que “estamos convencidos de que la acción del Estado y las empresas es una flagrante violación a las normas de protección al consumidor”.
Fletcher adelantó una posible demanda colectiva contra las operadoras por suspender el servicio.
“Toda persona con contrato o prepago que esté domiciliada en el área de corte puede exigir un resarcimiento económico por el período en el que no pudo comunicarse”, apuntó.
El abogado tampoco descartó “denuncias penales contra los responsables de haber promovido ese corte”.
