OPINIÓN. La presentación de una denuncia penal ante la Asamblea Nacional por parte del abogado Ángel Álvarez en contra del magistrado del Segundo Tribunal Superior, Wilfredo Sáenz, ha generado una controversia jurídica acerca de la autoridad competente para conocer este caso.
A simple vista, parecería que un magistrado del Tribunal Superior debería ser sujeto de las reglas de competencia que establece el Código Procesal Penal en el artículo 40 numeral 1, que asigna el conocimiento de estos casos a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, y la investigación le correspondería a la Procuradora. Lo anterior no es aplicable a Sáenz, porque es suplente en la Corte Suprema de Justicia. Según el artículo 203 de nuestra Constitución, la Corte está conformada por los magistrados principales y suplentes que hayan sido nominados por acuerdo del Consejo de Gabinete y ratificados por la Asamblea Nacional. Esto quiere decir que la competencia para conocer la denuncia en contra de Sáenz corresponde privativamente a la Asamblea Nacional.