El Gobierno colombiano, a través del Consejo Nacional de Refugio, rechazó el pedido de asilo planteado por el empresario Mayer Mizrachi. Pero Mizrachi puede apelar esta decisión.
Una advertencia de inconstitucionalidad contra el artículo 545 del Código Procesal Penal -que establece el proceso de extradición- presentó en la tarde de ayer ante la Cancillería el abogado Rogelio Cruz, miembro del equipo legal del expresidente Ricardo Martinelli.
Cruz explicó que el referido artículo del Código Procesal Penal en el que se ha basado el proceso de extradición de Martinelli, solicitado por el magistrado juez de garantías, Jerónimo Mejía, excluye el recurso de objeción establecido en el Código Judicial y que otorga garantías para oponerse a la medida pedida por el juez.
Indicó que ese artículo confiere una desventaja para su cliente y viola los artículos 19, 20 y 32 de la Constitución Política que guardan relación con el derecho a la defensa y a enfrentar un proceso judicial imparcial.
Destacó que en este caso la Cancillería deberá remitir en un plazo de dos días a la Corte Suprema de Justicia la advertencia de inconstitucionalidad presentada para que la resuelva, como dispone el artículo 2557 del Código Judicial.
El 26 de mayo pasado, el magistrado juez de garantías presentó a la Cancillería una solicitud de extradición de Martinelli por la supuesta comisión de cuatro delitos relativos a la inviolabilidad del secreto, derecho a la intimidad, peculado y peculado de uso, por su presunta participación en las escuchas y seguimiento a más de 150 personalidades del país durante su gobierno.
El 10 de junio pasado, la defensa de Martinelli también presentó un recurso de objeción ante la Cancillería contra la solicitud de extradición. Dicho recurso aún no ha sido resuelto por el departamento legal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El juez de garantías solicitó el 29 de junio pasado a la Interpol una alerta roja para que se haga efectiva la detención preventiva de Martinelli.
La medida se tomó como alternativa para cumplir con el fallo del pleno de la Corte, que el 21 de diciembre de 2015 ordenó la detención del expresidente para hacerlo comparecer al proceso.
