ENFOQUE

Consecuencias de la falta de auditorías

OPINIÓN. Se ha reconocido por la jurisprudencia nacional, que la auditoría de la Contraloría General de la República representa un aporte importante para los casos de peculado. Aunque no es el único elemento de convicción, su existencia es necesaria como prueba idónea para los casos penales de los diputados de la Asamblea Nacional, y que son competencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Esto también es válido para los delitos electorales que implican a los miembros de la Asamblea, dado que la auditoría de la Contraloría serviría igual como prueba idónea.

Es público y notorio que las decisiones recientes del pleno de la CSJ en materia de investigación de posibles delitos cometidos por los diputados han afirmado que uno de los requisitos fundamentales para la apertura del proceso es la existencia y el acompañamiento de pruebas idóneas. La ausencia de la prueba de la auditoría de la Contraloría debilita enormemente la oportunidad procesal de juzgar a un diputado por peculado o violación de las normas electorales.

Además, al no existir auditoría, no se puede determinar la lesión patrimonial causada a la hacienda pública, y por lo tanto tampoco se puede iniciar el proceso de recuperación de bienes y caudales públicos por parte de la Fiscalía General de Cuentas, precisamente porque dicha entidad no puede actuar sin una auditoría previa de la Contraloría.

Según el artículo 280 de la Constitución Política, el contralor tiene la facultad de actuar de oficio en esta materia, como lo afirma el numeral 4 de este artículo. Artículo 280. Son funciones de la Contraloría, además de las que señale la Ley, las siguientes: (...) 4. Realizar inspecciones e investigaciones tendientes a determinar la corrección o incorrección de las operaciones que afecten patrimonios públicos y, en su caso, presentar las denuncias respectivas.

Es claro que la Contraloría tiene la atribución constitucional de investigar de oficio todo lo relativo a la gestión de fondos públicos, incluyendo aquellos que han sido manejados por diputados principales y suplentes. Aunque ya prescribió el término de la acción penal por los delitos electorales, todavía pueden presentarse las respectivas auditorías, para iniciar, si así lo ameritan las causas penales por peculado ante la Corte, y la acción patrimonial por parte de la Fiscalía General de Cuentas.

Depende del contralor que los más de $400 millones que fueron denunciados como objeto de presuntos malos manejos se pierdan irremediablemente en la impunidad. Todavía hay tiempo para cambiar ese destino.


Última Hora

  • 16:22 Messi aparece en promoción de Spider-Man: Brand New Day Leer más
  • 16:04 Inglaterra busca despejar dudas frente a una República Democrática del Congo que ya hizo historia Leer más
  • 16:00 Minuto a minuto: Asamblea elige a Shirley Castañedas y Mulino da informe a la Nación Leer más
  • 15:52 Decenas de rescatistas luchan por salvar a venezolano atrapado desde hace casi una semana Leer más
  • 15:45 La carrera por la rectoría de la UP: quiénes buscan dirigir la principal universidad Leer más
  • 15:19 Universidad de Panamá decide hoy quién será su rector para el período 2026-2031 Leer más
  • 14:50 Bloise advierte que peleará su espacio en la Comisión de Educación frente a acuerdos de bancadas Leer más
  • 14:05 Cuando la tierra tiembla, la solidaridad sostiene Leer más
  • 14:03 Patsy Lee: ‘No habrá independencia en la Asamblea si Shirley Castañedas la preside’ Leer más
  • 13:43 Panameñistas confirman que se abstendrán de votar en la elección del nuevo presidente de la Asamblea  Leer más