Como una clara violación a la Constitución Política y una extralimitación de sus funciones como jefe del Ejecutivo, consideró la Corte Suprema de Justicia (CSJ) los 47 indultos que otorgó en mayo de 2010 el entonces presidente de la República, Ricardo Martinelli.
En un fallo con fecha del pasado 30 de agosto y bajo la ponencia de la magistrada Ángela Russo, el pleno de la CSJ “estimó que los indultos expedidos por Martinelli a través del Decreto 466 del 11 de mayo de 2010 violan la Constitución”.
Los magistrados de la CSJ detallan que, al examinar el acto demandado, se advierte que “no hace referencia a si las personas enlistadas han sido condenadas por delitos políticos y se conceden indultos a favor de personas indistintamente de la etapa procesal en que se encuentren por la comisión de un delito y que el perdón o la gracia se conceden aun cuando no existe una sentencia condenatoria dictada en contra del beneficiario”.
También explican que el decreto viola el artículo 22 de la Constitución, que habla de la presunción de inocencia, ya que al indultarse a una persona no condenada se está aceptando la culpabilidad de los indultados, ya que se les considera delincuentes políticos, perdonados por el poder del Órgano Ejecutivo.
En el fallo, que resolvió las demandas presentadas contra dicho decreto por los abogados Juan De Dios Hernández, Itzel Serracín, Rosibel Vergara y Rogelio Cruz, se advierte que Martinelli también violó el artículo 32 de la Constitución “al desatender el derecho que tiene toda persona de tener acceso a la justicia, a ser oída con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez”.
Para los magistrados, “en este caso quedó claro que el poder ejecutivo rebasó la facultad que le confiere la Constitución al extralimitarse en su actuación de conceder indulto sin cumplirse con las condiciones, requisitos y presupuestos para conceder este beneficio y esto evidencia un proceder arbitrario en contravención con el orden constitucional, así como la desatención del deber que tiene toda autoridad o funcionario de cumplir y hacer cumplir la Constitución”.
Entre los indultados en ese decreto figuran cinco miembros de la Policía Nacional que fueron señalados por la muerte de los pescadores Rigoberto y Dagoberto Pérez, oriundos de Playa Leona, La Chorrera, durante un confuso hecho ocurrido en 2009.
Al momento de producirse el indulto presidencial, la Fiscalía Tercera Superior del Ministerio Público investigaba los hechos por la muerte de los pescadores.
El abogado Juan De Dios Hernández explicó que cuando el fallo esté en firme, los familiares de las víctimas o la fiscalía que llevaba la investigación deben solicitar la reapertura de los expedientes y continuar el proceso.
El expresidente Ricardo Martinelli enfrenta otro proceso en la Corte Suprema de Justicia por 353 indultos que concedió a través de 19 decretos en el ocaso de su mando en 2014.
En esos indultos también benefició a personas procesadas por delitos comunes y algunas que todavía estaban bajo investigación.
Dichos indultos fueron revocados por el presidente Juan Carlos Varela en julio de 2014 y la Procuraduría General de la Nación remitió los indultos a la Corte Suprema para que se investigara a los posibles responsables.
El pasado 13 de octubre, el magistrado José Ayú Prado, actuando como juez de garantías en ese proceso, declaró en rebeldía a Martinelli y tomó acciones para que el pleno decida si solicita su extradición a Estados Unidos.
