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CÓDIGO ELECTORAL

La Corte analiza 19 demandas a la ley que regirá los comicios de 2019

Abogados litigantes estiman que la Corte debe efectuar plenos extraordinarios y resolver las demandas que están en trámite.

La Corte analiza 19 demandas a la ley que regirá los comicios de 2019
Demandas.

Los partidos políticos y candidatos independientes trazan por estos días sus estrategias para salir bien librados en las elecciones generales del 5 de mayo de 2019, pero la norma que establece las reglas del juego para ese torneo incomoda a abogados, aspirantes a un puesto de elección, ciudadanos y hasta al Ministerio Público.

Prueba de ello es que 19 recursos legales contra artículos del Código Electoral han sido interpuestos ante la Corte Suprema de Justicia.

Todos buscan que se declaren inconstitucionales artículos de la Ley 29 del 29 de mayo de 2017 .

El subsidio electoral

Uno de los demandantes argumenta que la norma beneficia a los partidos y pone en desventaja a los independientes al momento de hacer la distribución del financiamiento público (subsidio electoral).

Se opone a lo dispuesto en los artículos 190 y 193. Objeta que el aporte del Estado a los candidatos de libre postulación sea de 3.5% del monto correspondiente al 50% que el Tribunal Electoral repartirá en concepto de financiamiento preelectoral (antes de las elecciones generales). Mientras que para los partidos políticos se entregará el resto.

Otro de los recursos ataca la última parte del artículo 301 del Código Electoral, que dice que las primarias de los partidos son opcionales y solo los obliga a elegir mediante ese método al candidato presidencial.

Mientras que otra demanda pretende que se declare inconstitucional el artículo 254, que establece que no podrán publicarse encuestas 20 días antes de las elecciones generales. A juicio de los demandantes, esa disposición no solo viola la carta magna, sino convenios internacionales relativos a libertad de expresión.

El fuero

El Ministerio Público también se sumó a las voces que demandan cambios en aspectos puntuales del Código Electoral.

El fiscal primero de Drogas, Markel Mora, presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la palabra “investigados” que se encuentra en el artículo 259 de la ley. El recurso busca que al Ministerio Público se le permita investigar a candidatos a un puesto de elección popular y a miembros de partidos políticos sin necesidad de que tengan que solicitar al Tribunal Electoral que les levante el fuero electoral penal del que gozan.

Plantea que al imponer como limitante la necesidad de que el TE autorice el retiro del fuero a los presidentes, vicepresidentes, secretarios, y subsecretarios de los partidos, además de a los candidatos, “quebranta la igualdad que todos tenemos de ser investigados bajo el procedimiento ordinario”.

Tres independientes

Otro de los artículos que ha sido objeto de demanda en la Corte es el 246-A, que establece que en cada elección solamente podrán postularse tres candidatos presidenciales por libre postulación. Estos, de acuerdo con el Código Electoral, serán los que presenten el mayor número de firmas.

Mientras, otra acción legal busca dejar sin efecto los artículos 178 y 190 de la ley, relativos a las donaciones políticas.

De acuerdo con el recurso, ambos artículos permiten que las personas jurídicas hagan donaciones a partidos y a candidatos, algo que, a juicio del demandante, viola los artículos 131, 132 y 135 de la Constitución, que “reserva el ejercicio de los derechos políticos a las personas naturales (...)”.

Un fallo

En este escenario, la Corte Suprema de Justicia sentenció en mayo pasado que diputados, alcaldes y representantes de corregimiento no pueden participar en eventos de inauguración de obras o actividades financiadas con fondos públicos a partir del 5 de ese mes, día cuando el TE hizo la convocatoria  a los comicios generales de 2019.

Cada vez que se tiene conocimiento de una demanda contra artículos de la norma electoral, este medio consulta a los magistrados del TE sobre el tema. La respuesta es la misma: hay que esperar a que la Corte tome una decisión para emitir una reacción. En una oportunidad, el magistrado Alfredo Juncá dijo: “Es sano que cualquier ciudadano que tenga aprensión a la ley electoral presente su demanda ante la Corte”.

Después de cada elección general, la Comisión Nacional de Reformas Electorales, en la que están representados todos los sectores del país, propone cambios al Código Electoral; sin embargo, la Asamblea Nacional tiene la última palabra.


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