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VEDA ELECTORAL

Corte devuelve al TE denuncias contra diputados Soto y Panay

Corte devuelve al TE denuncias contra diputados Soto y Panay
Diputados Quibián Panay y Gabriel Panky Soto.

La Corte Suprema de Justicia se inhibió de conocer dos denuncias contra los diputados Quibián Panay, del Partido Revolucionario Democrático (PRD) y Gabriel Panky Soto, del Panameñista, por presunta violación a la veda electoral.

En fallos del 26 de enero y 28 de marzo pasados, la Corte devolvió al Tribunal Electoral (TE) las acciones interpuestas contra Panay y Soto, respectivamente, para que las resuelva.

En ambos casos, los fallos se fundamentaron en el artículo 32 de la Constitución, que dice que nadie será juzgado sino por autoridad competente; y en el numeral 11 del artículo 143 de la propia carta magna, que señala que el TE conocerá privativamente de los recursos y acciones que se presenten en contra de las decisiones de los juzgados penales electorales y de la Fiscalía General Electoral.

El TE envió a la Corte 41 denuncias contra diputados por supuestas violaciones a la veda electoral.

Al respecto, entre los disputados que presentan más de una denuncia figuran Zulay Rodríguez (PRD), con 29; José Luis Varela (Panameñista), con 6; Panay (PRD), con 3, y Panky Soto (Panameñista), con 2.

Fuentes de la Corte explicaron que el resto de las denuncias contra los diputados por este tema también serán devueltas al TE para que las resuelva.

En agosto de 2018, el TE habilitó un portal electrónico para que la comunidad presentara denuncias por la supuesta violación de la veda electoral. Ahí se pueden colgar fotos y videos de candidatos ligados a los hechos denunciados.

A través del Decreto 31 del 13 de octubre de 2017, el TE fijó los alcances y limitaciones de la campaña electoral, basándose en las reformas al Código Electoral, que impusieron un periodo de campaña de dos meses antes de los comicios generales del 5 de mayo de 2019. En las primarias de cada partido, se podía hacer campaña 45 días antes de su celebración.

En la Corte reposa una demanda de inconstitucionalidad contra varios artículos del Decreto 31.


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