Corte favorece a la Asamblea Nacional en caso de las planillas

Corte favorece a la Asamblea Nacional en caso de las planillas


La Corte Suprema de Justicia declaró no probado un incidente de desacato presentado por la firma Galindo, Arias y López en representación del diario La Prensa, contra la decisión de la Asamblea Nacional (AN) de no entregar información  sobre las planillas manejadas por los diputados para donaciones y contratos por servicios profesionales.

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En un edicto colgado en los murales de la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia se informa que bajo la ponencia del magistrado José Ayú Prado, el pleno de la Corte decidió declarar no probado el incidente de desacato presentado por La Prensa.

El fallo, con fecha del 24 de octubre de 2019, cuenta con el salvamento de voto de los magistrados Harry Díaz y Luis Mario Carrasco, y el voto razonado del magistrado Olmedo Arrocha.

En enero de 2019, el magistrado Luis Mario Carrasco, quien originalmente era el ponente en este proceso, elaboró un proyecto que declaraba probado el incidente contra la diputada y expresidenta de la Asamblea Nacional, Yanibel Ábrego.

Partida 080 usada para contratos

La partida 080 manejada por los diputados de la Asamblea Nacional estaba destinada al pago de servicios profesionales. Antes del 2015, cada diputado recibía hasta $ 4 mil al mes para trabajos circuitales. En la investigación del diario ‘La Prensa’, publicada a partir de marzo de 2017, se pidió a la Asamblea Nacional información sobre las personas contratadas.



Sin embargo, el proyecto  de Carrasco solo fue apoyado por el magistrado Díaz, mientras que los magistrados Abel Zamorano, Ángela Russo, José Ayú Prado, Secundino Mendieta, Cecilio Cedalise y Luis Ramón Fábrega se opusieron. Por ello Carrasco perdió la ponencia y el recurso quedó en manos de Ayú Prado, quien elaboró un nuevo fallo que rechaza el recurso presentado por La Prensa.

El incidente de desacato fue presentado por Galindo, Arias & López, en representación de la periodista Mary Triny Zea y la empresa periodística, luego de que Ábrego se negara a entregar la información, a pesar de que la Corte había acogido favorablemente un recurso de habeas data.

En la admisión del habeas data, el magistrado Carrasco ordenó a la Asamblea Nacional entregar la información que había solicitado el diario sobre el personal contratado por servicios profesionales en la Asamblea, con el detalle del nombre, funciones, cargos y montos individuales y globales. Sin embargo, Ábrego solo envió un resumen en el que se indica que entre julio de 2014 y marzo de 2017 se contrató a 17 mil 874 ciudadanos, y que una misma persona pudo haber sido contratada en más de una ocasión.

Las solicitud de información fue inicialmente presentada al diputado  Rubén De León cuando ocupaba la presidencia de la Asamblea Nacional (2015-2017). En su momento, De León contestó parcialmente la solicitud, pero ignoró lo concerniente a los contratos por servicios profesionales.

Una investigación del diario La Prensa dejó al descubierto que la Asamblea Nacional tramitó más de $80 millones entre donaciones y contratos, buena parte de ellos falsos. Y que el beneficiario del donativo o contrato recibía 5% del dinero y el resto quedaba en manos de los asistentes de los diputados.

Según la Ley de Transparencia, “el funcionario requerido por el Tribunal que conoce del Recurso de habeas data, que incumpla con la obligación de suministrar la información, incurrirá en desacato y será sancionado con multa mínima equivalente al doble del salario mensual que devenga”. En caso de reincidir, será destituido.

Señala, además, que la persona afectada por habérsele negado el acceso a la información, una vez cumplidos los requisitos y trámites expuestos en la ley, tendrá derecho a demandar civilmente al servidor público responsable por los daños y perjuicios que se le hayan ocasionado.

Ábrego fue presidenta de la AN del 1 de julio de 2017 al 30 de junio de 2019.

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