Anulan contrato de Cobranzas

La Dirección General de Ingresos (DGI) violó la ley de contrataciones públicas al no solicitar la autorización correspondiente ni la excepción de acto público para contratar de manera directa a Cobranzas del Istmo, S.A., para la gestión de cobros morosos al Estado.

Así lo concluye un fallo de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, que declaró nulo el contrato suscrito entre dicha empresa y el Ministerio de Economía y Finanzas el 25 de agosto de 2010.

Entre 2010 y 2014, la empresa facturó $47 millones en comisiones al Estado por la gestión de recuperación de impuestos morosos.

La Dirección General de Ingresos (DGI) violó la ley de contrataciones públicas al no solicitar la autorización correspondiente ni la excepción de acto público para contratar de manera directa a Cobranzas del Istmo, S.A., para la gestión de cobros morosos al Estado.

Así lo concluye un fallo de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, que declaró nulo el contrato suscrito entre dicha empresa y el Ministerio de Economía y Finanzas el 25 de agosto de 2010.

Entre 2010 y 2014, la empresa facturó $47 millones en comisiones al Estado por la gestión de recuperación de impuestos morosos.

La Sala Tercera Contencioso Administrativa de la Corte Suprema de Justicia declaró nulo el contrato suscrito, en agosto de 2010, por el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Cobranzas del Istmo, S.A. (CISA) para la gestión del cobro de impuestos morosos con el Estado.

En un fallo con fecha del 1 de abril de 2016 y bajo la ponencia del magistrado Luis Ramón Fábrega, la Sala Tercera acogió los argumentos presentados en noviembre de 2014 por el abogado Miguel Antonio Bernal en una demanda de nulidad contra el citado contrato.

De acuerdo con el fallo, la Dirección General de Ingresos (DGI), en ese momento a cargo de Luis Cucalón, no solicitó las autorizaciones correspondientes ni la excepción de acto público para contratar de manera directa a CISA, “con lo cual se evidencia un vicio de ilegalidad”.

Así mismo, plantea que se violó la Ley 22 de 27 de junio de 2006, de Contrataciones Públicas, ya que el contrato se dio con una falta evidente de tramitación y obtención de la declaración de excepción de acto público.

También la Sala recuerda el fallo del 11 de agosto de 2014, mediante el cual la Corte declaró inconstitucional la Ley No. 24 de 8 de abril de 2013, que creó la Autoridad Nacional de Ingresos Público, y en dicha sentencia se estableció que esa entidad usurpaba atribuciones del Presidente de la República y del Ministerio de Economía y Finanzas, y por ende sus actuaciones carecían de validez.

Entre 2010 y 2014, CISA facturó y cobró al Estado panameño comisiones millonarias ($47 millones) por tramitar deudas morosas en virtud del contrato firmado en 2010.

La Fiscalía Primera Anticorrupción remitió en febrero pasado su vista fiscal sobre este caso con el pedido de llamamiento a juicio para el accionista principal de CISA, Cristóbal Salerno; el exjefe de la DGI Luis Cucalón y Magaly Ramos, gerente de CISA, por la presunta comisión de los delitos de peculado y falsedad.

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