La Corte Suprema de Justicia (CSJ) revocó la Resolución No. 1655 del 14 de diciembre de 2015 emitida por el Ministerio de Salud (Minsa), que, al efectuar licitaciones, prohibía a las entidades públicas solicitar requisitos diferentes a los contemplados en la Ley No. 1 de 2001 sobre medicamentos.
El fallo resuelve un amparo de garantías presentado en febrero pasado por la Federación Nacional de Asociaciones de Pacientes con Enfermedades Críticas, Crónicas y Degenerativas.
Orlando Quintero, representante de esta federación, subrayó que la resolución del Minsa no garantizaba la calidad y eficacia de los medicamentos de alto riesgo sanitario, poniendo así en “riesgo” la vida de los pacientes. Precisamente, este grupo demandaba que al momento de la compra de medicamentos, se tomaran en cuenta estándares de la Agencia de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos o de la Agencia de Medicamentos de Europa.
Por su parte, la directora nacional de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud, Jenny Vergara, y el director de la Caja de Seguro Social (CSS), Estivenson Girón, señalaron que los equipos legales de ambas entidades revisan la decisión de la Corte.
“La intención siempre ha sido brindar fármacos de calidad a los asegurados”, puntualizó Girón.
Mientras, Julio Osorio, dirigente de la Comisión Médica Negociadora Nacional, sostuvo que es “correcto” el fallo, si se toma en cuenta que los pacientes necesitan medicamentos de calidad.
La CSS deberá realizar una nueva licitación para comprar fármacos.
