En suspenso quedaron las bonificaciones por antigüedad a los docentes de la Universidad de Panamá (UP) luego de que la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia decidió cancelar provisionalmente los efectos del artículo 182-B del Estatuto de esa casa de estudios superiores que los autorizaba.
La decisión se produjo dentro de una demanda de nulidad presentada por la Contraloría General de la República contra el acuerdo alcanzado durante la administración del rector de la UP Gustavo García de Paredes.
La resolución, bajo la ponencia del magistrado Luis Ramón Fábrega estima que el artículo 182-B del Estatuto Universitario dispone una serie de mecanismos para el cálculo de las bonificaciones a los docentes que no están contemplados en la Ley de Carrera Administrativa que regula esta materia.
