La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia rechazó una apelación presentada por la cacica ngäbe buglé Silvia Carrera contra la decisión de esa instancia que declaró legal el estudio de impacto ambiental (EIA) categoría III del proyecto hidroeléctrico de Barro Blanco, avalado por la extinta Autoridad Nacional del Ambiente (Anam, hoy Ministerio de Ambiente).
En un fallo fechado el 1 de este mes, con ponencia del magistrado Luis Ramón Fábrega, la sala decidió confirmar el fallo de julio de 2015, en el que ya había rechazado la demanda de protección a los derechos humanos presentada contra el estudio de impacto ambiental categoría III que autorizó la construcción de la obra.
El nuevo dictamen –que no fue avalado por el magistrado Abel Zamorano– rechaza la apelación presentada por la abogada Susana Serracín en representación de la cacica Carrera, por considerar que dicho recurso advierte sobre violaciones a artículos de la Constitución, materia que es de conocimiento del pleno de la Corte Suprema de Justicia.
Asimismo, detalla que si bien es cierto que en la apelación se señalan violaciones de ciertas normas legales, no se explica el concepto de tales infracciones, lo que imposibilita realizar un análisis sobre su presunto incumplimiento.
En el primer fallo, la Sala Tercera de la Corte avaló el estudio de impacto ambiental para la construcción de la hidroeléctrica Barro Blanco, con el argumento de que la Autoridad Nacional del Ambiente sí cumplió con el mecanismo de participación ciudadana, al realizar la consulta pública el 8 de febrero de 2011 en la comunidad de Veladero, Tolé, provincia de Chiriquí, necesaria para realizar la construcción del proyecto.
Dirigentes de la Comarca Ngäbe Buglé han exigido al Gobierno la demolición del proyecto, que aún se encuentra en construcción, porque según ellos atenta contra el medio ambiente y se construye en tierras que son parte de la comarca.