Al menos, 16 proyectos de ley aprobados en tercer debate por la Asamblea Nacional, entre agosto y octubre del pasado periodo legislativo –1 de julio al 31 de octubre de 2016–, no han sido sancionados aún por el Órgano Ejecutivo.
De este total, 10 proyectos rebasan los 30 días de haber sido aprobados en el Legislativo en tercer debate, lo que supera el tiempo establecido por la Constitución Política para ser sancionados por el Ejecutivo.
El artículo 169 de la Constitución establece que “el Ejecutivo dispondrá de un término máximo de treinta días hábiles para devolver con objeciones cualquier proyecto. Si el Ejecutivo, una vez transcurrido el indicado término, no hubiese devuelto el proyecto con objeciones, no podrá dejar de sancionarlo y hacerlo promulgar”.
De acuerdo con datos de la propia Asamblea Nacional, aún no han sido sancionados el proyecto de ley 359, que regula la actividad de los seguros; el 377, que fija la protección legal para las personas que auxilian y atienden emergencias y urgencias; el 360, que regula el mercado de valores; y el 259, que modifica el Código Penal para que el delito de desaparición forzosa de personas no prescriba mientras no se dé con el paradero de la víctima.
También esperan el aval del Ejecutivo para el proyecto 296, que otorga un crédito fiscal como reconocimiento en los costos administrativos en que incurrieron los agentes de retención del Itbms para la adecuación de sus sistemas contables; y el 358, que dicta el Presupuesto General del Estado para 2017 y que fue aprobado el 27 de octubre.
Tras ser consultado, el viceministro de la Presidencia, Salvador Sánchez, indicó que los proyectos recibidos de la Asamblea se verifican con las ramas administrativas correspondientes para confirmar que son convenientes y exequibles.
Además, señaló que la Constitución lo que establece es un plazo máximo para objetar, pero no un plazo para sancionar.
