Equiparación para discapacitados

La primera Encuesta Nacional de la Discapacidad (2006) da cuenta de 370 mil 53 personas con algún tipo de limitación en Panamá.

Equiparación para discapacitados
Pleno de la Asamblea.

La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) podrá sancionar con multas de $300 al propietario de todo vehículo que se estacione en lugares designados para uso exclusivo de personas con discapacidad o movilidad reducida.

Esta sanción será aplicada si se convierte en ley el proyecto 309, que modifica y adiciona artículos a la legislación de equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad en el país, quienes suman 370 mil 53, según la primera Encuesta Nacional de la Discapacidad de 2006.

Según el proyecto –que se discute en el seno de la Asamblea Nacional–, la sanción aumentará de forma progresiva en caso de reincidencia. El 50% de las multas pasará a una cuenta de la Secretaría Nacional de Discapacidad, para ser destinadas solo a las organizaciones que atienden a personas con limitaciones.

El proyecto, que fue presentado por el presidente de la Asamblea Nacional, el diputado Rubén De León, indica que los programas informativos transmitidos por los canales de televisión, públicos o privados, deberán contar con los servicios de apoyo, incluyendo audio-descripción, intérpretes en lengua de señas o mensajes escritos en las pantallas de televisión para garantizarles a las personas con discapacidad visual y auditiva el ejercicio de su derecho a estar informadas.

De igual manera, el empleador privado o público que tenga 25 trabajadores o más deberá contratar entre sus colaboradores a no menos del 2% de personas con discapacidad.

Estos trabajadores deberán recibir un salario igual al de cualquier otro empleado que desempeñe la misma tarea dentro de la institución o empresa.

Las instituciones o empresas que incumplan lo anterior estarán obligadas a aportar al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral una suma igual al doble salario mínimo por cada persona dejada de contratar, durante todo el tiempo que dure su renuencia.

Toda persona o empresa que viole las disposiciones relacionadas con la accesibilidad al entorno físico y medios de transporte será sancionada con $10 mil por primera vez y en caso de reincidencia, $20 mil.

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