REFORMA AL ´CÓDIGO FISCAL´

Escandaloso ´camarón´ oficialista

A partir de ahora, toda persona natural o jurídica pagará impuesto por la renta gravable que se produzca dentro o fuera de Panamá.

De un plumazo y sin que mediara mayor consulta, el presidente de la República, Ricardo Martinelli, cambió el concepto de territorialidad al impuesto sobre la renta (ISR) que por casi un siglo rigió en Panamá.

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Escandaloso ´camarón´ oficialista

A partir de hoy, toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que perciba alguna renta gravable dentro o fuera del territorio panameño, deberá pagar impuestos, “sea cual fuere el lugar donde se perciba”.

Así está consignado en la Ley 120 de 2013, sancionada ayer por Martinelli, y el ministro de Comercio e Industrias (encargado), Luis Eduardo Camacho González, quien reemplaza al titular del cargo Ricardo Quijano, actualmente de baja médica.

´GOLPE AL CORAZÓN´

“Esto no es un camarón, es una langosta. Es impresionante lo que esta gente ha hecho. Este es un golpe al corazón del sistema financiero de Panamá, precisamente por el régimen de fuente o territorio”, expresó el abogado José Javier Rivera, expresidente de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura, y especialista en temas fiscales.

“Se trata de una norma de extraordinaria trascendencia que no ha sido objeto de análisis, discusión o participación de los gremios. Aquí hay personas que invierten fuera de Panamá, en la bolsa, o que tienen sus depósitos en bancos extranjeros... Todo eso será ahora considerado renta de fuente panameña y objeto del ISR”, advirtió.

La norma es uno de los proyectos de ley aprobados en las sesiones extraordinarias que convocó el Presidente y que recién culminaron ayer. No obstante, en ningún momento se informó que el paquete de proyectos incluía cambios al Código Fiscal.

El proyecto original que presentó Quijano a la Asamblea, el 16 de diciembre pasado, solo habla de modificaciones a la Ley 41 de 2004, que crea un régimen especial para la operación del área económica Panamá-Pacífico, y a la Ley 19 de 2001, que crea un área libre especial de comercio en Puerto Armuelles y Paso Canoas.

Quijano introdujo el proyecto –que recibió la numeración de 689 en la agenda legislativa– a las 8:01 a.m. del pasado 16 de diciembre y ese mismo día, a mediodía, fue aprobado tal cual, por cinco de los nueve diputados que integran la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos: los oficialistas Raúl Hernández (presidente de la comisión), Fernando Carrillo, Francisco Alemán, Absalón Herrera y José María Herrera; todos de Cambio Democrático (CD), salvo Alemán, que milita en el Molirena.

Ni un diputado de oposición estuvo presente, pese a que esa comisión la completan Miguel Salas (Panameñista), Benicio Robinson (PRD), Yassir Purcait (PRD) y Jorge Rosas (Molirena).

No fue hasta el pasado viernes 27 de diciembre, cuando calladamente se introdujo la reforma al Código Fiscal. Sin dar explicaciones, los diputados Sergio Gálvez –presidente de la Asamblea–, Raúl Hernández y Osmán Gómez solicitaron devolver el proyecto 689 a segundo debate. Es ahí que se introduce la modificación al artículo 694 del Código Fiscal, que queda de la siguiente manera: “Es objeto de este impuesto la renta gravable que se produzca, de cualquier fuente, dentro o fuera del territorio de la república de Panamá, sea cual fuere el lugar donde se perciba”.

“Contribuyente, tal como se usa el término en este Título, es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que perciba la renta gravable objeto del impuesto”.

También se agrega este parágrafo: “El régimen de renta mundial establecido en el presente artículo no se aplicará a las empresas registradas en la Zona Libre de Colón, zona libre del aeropuerto internacional de Tocumen, zonas francas, zonas libres de petróleo, sedes de empresas multinacionales, el Área Panamá-Pacífico, Ciudad del Saber, bancos y entidades reguladas y supervisadas por la Superintendencia de Bancos de Panamá y aquellos que mantengan regímenes especiales al amparo de contratos ley con la Nación”.

Antes de su modificación, el artículo 694 del Código Fiscal consideraba objeto de impuesto la renta gravable que se producía únicamente dentro del territorio nacional. Con la nueva reforma, no importa en qué parte del mundo se genere el ingreso; este será gravable.

Marina mercante Y SOCIEDADES TOMAN golpe

Con ese “camarón”, el proyecto fue aprobado en tercer debate el pasado sábado sin que nadie en el pleno se refiriera públicamente a su introducción. Finalmente, fue sancionado y publicado en Gaceta Oficial, a última hora de la tarde de ayer, en medio de la conmoción que causó el anuncio del nuevo salario mínimo.

 

La nueva Ley 120 también asesta un golpe al sistema de sociedades anónimas y a la marina mercante.

“Hay más de 300 mil sociedades anónimas registradas en Panamá, creadas para obtener ingresos fuera del territorio nacional. Además, está el tema del abanderamiento de naves. Todo esto desaparecerá. Serán dos secuelas inmediatas [de la Ley 120]. Y perderíamos la competitividad”, dijo el abogado Rivera.

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