DELITOS

Fallo agiliza caso de crimen de jóvenes

Tras resolverse la apelación, el Segundo Tribunal de Justicia deberá fijar una fecha para realizar el juicio a los imputados.

Fallo agiliza caso de crimen de jóvenes
Abogados y familiares de las víctimas han solicitado a las autoridades agilizar el proceso.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó una decisión del Segundo Tribunal que había ordenado separar el proceso por supuesto blanqueo de capitales seguido a Inés Magalis Torres Flores, Inés Madeline Chavarría y Delmira Edith Torres, del expediente principal instruido contra el dominicano Alcibiades Méndez y otras seis personas por el homicidio y secuestro de cinco jóvenes de origen asiático en La Chorrera.

En un fallo con fecha del 12 de septiembre de 2016, la Sala Penal dispuso que las tres mujeres sean juzgadas por este delito en el mismo acto de audiencia que se realizará a Alcibiades Méndez, Keila Gissel Bendibú, Mario Luis Vega, Félix Manuel del Rosario Brujan, Gilberto Ventura Ceballos, Kenny Alexander Bendibú y Roberto Antonio Mariscal, acusados del secuestro y homicidio de Jessenia Loo Kam, Young Jiang Wu, Samy Zeng Cheng, Georgina del Carmen Lee y Joel Mauricio Liu Wong.

El fallo, bajo la ponencia del magistrado Harry Díaz, señala que el Código Procesal plantea en su artículo 1949 que “por un solo hecho se seguirá un solo proceso aunque sean varios los autores o partícipes. En la misma forma se procederá aun cuando los hechos punibles sean varios y exista continuidad o conexión”.

Además, señala que el artículo 1985 del Código Judicial indica que son delitos conexos: “los cometidos simultáneamente por dos o más personas reunidas en concierto previo, siempre que las mismas estén sujetas a diversos tribunales o que puedan estarlo por la índole del delito”.

De acuerdo con Díaz, se trata de un concurso de delitos, y pese a que las imputadas Inés Magalis Torres Flores, Inés Madeline Chavarría y Delmira Edith Torres se les llamó a juicio únicamente por el delito de blanqueo de capitales, no es razón suficiente para que el Segundo Tribunal se inhiba de conocer la causa seguida a ellas, pues existe identidad de las víctimas y consecuentemente conexidad en el hecho delictivo.

También plantea que en la unidad del proceso se logra que exista una sola causa en la que se practiquen las pruebas, se den las vicisitudes de todo proceso y se emita una sola sentencia, todo ello en aras de garantizar la certeza y seguridad jurídica, y el principio de economía procesal. Esta decisión se adoptó luego de que el abogado Samuel Quintero, quien representa a familiares de las víctimas, presentara una apelación contra la decisión asumida por el Segundo Tribunal de Justicia.

EN ESPERA DE JUICIO

Tras resolverse la apelación, el Segundo Tribunal de Justicia deberá fijar una fecha para realizar el juicio a los imputados, luego de que el 20 de febrero de 2013 la Fiscalía Tercera Superior remitiera su vista fiscal con la solicitud de juicio a los imputados, pero la presentación de múltiples recursos legales impidió que el tribunal fije una fecha de audiencia y se determinen las responsabilidades.


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