El Consejo de Gabinete aprobó anoche dos proyectos de leyes relacionados con las medidas de transparencia fiscal que ejecuta el Gobierno.
La primera iniciativa señala que el ámbito de aplicación de la norma son las fuentes privadas y públicas, establece las obligaciones y controles apropiados de supervisión y cumplimiento, en virtud de los convenios suscritos por la República de Panamá y en plena vigencia.
Al respecto, la Secretaría de Comunicación del Estado señaló en un comunicado que “el Ministerio de Economía y Finanzas o el funcionario a quien este delegue está autorizado y facultado para: solicitar, recabar y recibir de las fuentes de información, toda clase de información necesaria con el propósito de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley”.
Agrega que “también está facultado para monitorear, inspeccionar, supervisar y fiscalizar que las fuentes privadas cuenten con mecanismos, políticas y procedimientos de control interno para implementar las obligaciones establecidas en la presente ley y realizar inspecciones ‘in situ’ en las oficinas de las fuentes privadas o en cualquier otro lugar donde repose la información que debe ser proporcionada en virtud de la presente ley, entre otras acciones ejecutorias que garanticen la entrega de la información”.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) también debe monitorear, inspeccionar, supervisar y fiscalizar a las instituciones financieras panameñas sujetas a reportar en el cumplimiento de los procesos de debida diligencia y reporte.
Todas “las fuentes privadas y públicas están obligadas a dar respuesta al requerimiento de información y entregar la información y documentación requerida por el MEF dentro del plazo señalado”.
De no cumplirse con las disposiciones, la ley aplicará sanciones de entre $500 y $10 mil a la fuente privada que no cumpla con entregar, dentro del plazo otorgado, la documentación e información que le sea solicitada. Y de entre $5 mil y $50 mil a las instituciones financieras que incumplan las obligaciones establecidas en la ley.
OBLIGACIÓN DE REGISTROS
El Gabinete también aprobó el proyecto de ley que crea la obligación de mantener registros contables para personas jurídicas que no realicen operaciones que se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos dentro del país.
La obligación a que hace referencia la propuesta incluye también a las fundaciones de interés privado. Los registros contables y documentación de respaldo deberán ser mantenidos y estar disponibles por un periodo no menor a cinco años, señala el proyecto.
TRATA DE PERSONAS
Por otro lado, se informó que el presidente Juan Carlos Varela firmó el decreto mediante el cual se reglamenta la Ley 79 de 2011, contra la trata de personas. En lo que va de este Gobierno, se han rescatado a más de 120 víctimas de este delito.
