El Tribunal Superior de Apelaciones declaró ayer legal la detención provisional de Ricardo Martinelli y negó una acción de habeas corpus presentada a favor del expresidente por el periodista italiano radicado en Panamá Diego Dal Boni.
La audiencia, que estaba prevista para las 12 mediodía, se inició una hora después porque uno de los magistrados del tribunal estaba deliberando en otro proceso en el sistema penal acusatorio (SPA) en Plaza Ágora.

El tribunal -integrado por los jueces Carlos Rivas (presidente), Geovanina Antinori y Mauricio Marín- consideró de manera unánime que Martinelli debe permanecer detenido -como ya ordenó el pleno de la Corte Suprema de Justicia el 21 de diciembre de 2015- hasta que finalice el proceso que se le sigue por la supuesta interceptación no autorizada de comunicaciones.
Precisamente, el juicio oral al expresidente por el caso de las escuchas se reanudará hoy a las 2:00 p.m. en el SPA.
Correspondió a Jessica Canto, del equipo legal de Martinelli, sustentar el habes corpus que pedía que se declarara ilegal la detención y se le sustituyera la medida cautelar por una notificación ante la autoridad cada 30 días.
Canto alegó que el proceso seguido a Martinelli no ha sido declarado causa compleja, por lo que el imputado no puede estar detenido más de un año.
La defensora precisó que Martinelli tiene más de un año detenido si se le descuenta el tiempo que permaneció arrestado en Miami, Florida, Estados Unidos.
Martinelli fue extraditado por EU el 11 de junio de 2018, un día antes de que cumpliera un año de estar detenido en una cárcel en Miami mientras se realizaba el proceso para definir si era extraditable o no.
En tanto, el fiscal contra la Delincuencia Organizada, Ricaurte González, que lleva la causa, dijo al tribunal que el tiempo que Martinelli estuvo detenido en Miami no se puede computar como medida cautelar en Panamá.
González recordó que desde diciembre de 2015 hasta junio de 2018 Martinelli desatendió totalmente el proceso que llevaba la Corte y precisó que tiene los recursos suficientes para volver a evadir el proceso.
González destacó que el fallo del tribunal dejó establecido que el hecho de que el imputado cumpla un año detenido no le da derecho automático para salir en libertad.