El Gobierno aprobó ayer un nuevo decreto migratorio con el fin de regularizar la situación legal de los extranjeros residentes en el país.
Se trata del llamado procedimiento de Regularización Migratoria General que deroga el Decreto No. 547 del 25 de julio de 2012, denominado Crisol de Razas.
El nuevo decreto establece que al final de cada año la dirección del Servicio Nacional de Migración fijará el número de extranjeros que regularizará.
Entre los requisitos aparecen: ser mayor de 18 años, en caso de los menores de edad deben contar con una autorización notariada de sus padres y comprobar el vínculo y parentesco. Además, para regularizarse deben contar con un año o más de estadía en el país, a partir del momento de la publicación de este decreto.
En caso de que el extranjero haya salido del país no podrá estar fuera por más de 30 días seguidos o fraccionados, no tener ningún trámite de legalización abierto ante el Servicio Nacional de Migración y debe presentarse personalmente.
Entre la documentación que deben presentar están: dos fotos tamaño carné; copia autenticada del pasaporte o una certificación del consulado correspondiente y en caso de pérdida un reporte o la denuncia en la Dirección de Investigación Judicial.
También deben presentar una declaración jurada de responsabilidad por un residente, su historial de antecedentes penales, completar los formularios de filiación y presentar su afiliación a la Caja de Seguro Social o paz y salvo de la Dirección General de Ingresos.
Además, los extranjeros serán sometidos a una entrevista y evaluación.
El cobro por los servicios migratorios quedó establecido de la siguiente manera: nacionalidades con supresión de visado: $571; nacionalidades sin acuerdo de supresión de visado: $1,022; y las nacionalidades restringidas: $2 mil 102.
Además, el Gobierno aprobó un decreto que establece los requisitos para el Proceso de Regularización Migratoria Extraordinaria para nacionales de la República Popular China, los que tendrán que pagar $2 mil 500 por los servicios migratorios.
