‘Directiva de la CSS ignoró ley orgánica’

‘Directiva de la CSS ignoró ley orgánica’
La resolución de la junta directiva entró en vigencia el 4 de este mes, por lo que la aprobación del manual es ahora responsabilidad exclusiva de Estivenson Girón.

El procurador general de la Administración, Rigoberto González, concluyó que la decisión de la junta directiva de la Caja de Seguro Social (CSS) de otorgar al director de esa entidad, Estivenson Girón, la competencia para aprobar el Manual de Inversiones Financieras “es ir contra el principio de Derecho Público” que dispone que el funcionario solo puede hacer lo que la ley le ordene.

Planteó que las funciones de la directiva solo pueden cambiarse mediante ley y no a través de “un instrumento de inferior jerarquía”, en este caso, una resolución.

Agregó que la actuación de la directiva contradice el artículo 28, numerales 2, 5 y 22, y el artículo 111 de la ley orgánica de la institución.

La resolución que dio a Girón la competencia exclusiva de valorar el Manuel de Inversiones –antes competencia compartida de la directiva y el director– entró en vigencia a comienzos de este mes.

“La junta directiva de la Caja de Seguro Social (CSS) tiene facultades irrenunciables”, concluyó el procurador de la Administración, Rigoberto González, en una misiva enviada a esa instancia el 19 de este mes.

El funcionario cuestionó que el Manual de Inversiones Financieras de la CSS quede solo en manos del director general de esa institución, Estivenson Girón, tal como lo aprobó la junta directiva mediante Resolución No. 50 167-2016-J.D. del 10 de junio pasado.

En la nota, el procurador González señaló que dicha actuación administrativa “se contrapone a la propia Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social. Primero, porque no tiene por ley la facultad para delegar dicha función y segundo, porque es un órgano deliberante y decisor en el ejercicio de la actividad pública de dicha entidad”.

González explicó que la junta directiva, por ley, “es la máxima autoridad encargada de deliberar y decidir todo lo concerniente a este engranaje de seguridad social”, lo que incluye autorizar el plan anual de inversiones financieras de la entidad, por lo que, aprobar el manual de inversiones financieras no es función del director.

“Delegarle esta función al director es ir contra el principio de Derecho Público de estricta legalidad, que dispone que el funcionario solo puede hacer lo que la ley le ordene”, acotó el procurador en la carta.

En ese sentido, aseguró que la decisión de la junta directiva entra en contradicción con el artículo 28, numerales 2, 5 y 22, y con el artículo 111 de la Ley Orgánica de la CSS, y “produce un desequilibrio en las decisiones que deben adoptar los órganos de gobierno”. Y es que, según concluyó, “la junta directiva tiene facultades irrenunciables”.

Por ello, solicitó que administrativamente se analice el hecho en función de la ley. “La junta directiva no puede delegar una función definida que está por ley, a través de un instrumento de menor jerarquía”, agregó.

Néstor Vega, miembro de la junta directiva de la CSS, dijo: “nosotros no hemos violado ninguna ley (...) en ningún momento hemos traspasado ni un poder extraordinario al director”.

Indicó que, la nota del procurador les llegó el viernes pasado y será estudiada.

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