Procuradora cuestiona fallo

La procuradora Kenia Porcell señaló que el fallo del juez quinto penal, Enrique Paniza, que declaró nulo parte del expediente por la compra de los radares, “no se ubica” dentro de las causales de nulidad del ‘Código Judicial’.

La procuradora Kenia Porcell señaló que el fallo del juez quinto penal, Enrique Paniza, que declaró nulo parte del expediente por la compra de los radares, “no se ubica” dentro de las causales de nulidad del ‘Código Judicial’.

Porcell indicó que las causales de nulidad en materia penal son taxativas. En este proceso son investigados el exministro de Seguridad Pública José Raúl Mulino y el exviceministro de esa cartera, Alejandro Garuz.

La procuradora general de la Nación, Kenia Porcell, refutó ayer la decisión del juez quinto penal, Enrique Paniza, de declarar nula parte del expediente seguido al exministro de Seguridad Pública José Raúl Mulino y a su exviceministro Alejandro Garuz por supuestas anomalías en la compra de los radares a la empresa italiana Selex.

El juez Paniza concluyó que la fiscal tercera Anticorrupción, Zuleyka Moore, se excedió en el plazo que le otorgó para ampliar la investigación –cuyo tope venció el 22 de septiembre de 2015–, y por tanto ordenó anular todo lo actuado en el expediente a partir de esa fecha.

Porcell indicó que la decisión del juez no se “ubica” dentro de las causales de nulidad contenidas en el Código Judicial.

La jefa del Ministerio Público hizo referencia al artículo 2294 del citado código, que enumera cinco causales de nulidad en los procesos penales, a saber: “1. La ilegitimidad de personería del querellante, cuando el proceso sea de aquellos en que no puede procederse de oficio. 2. La falta de jurisdicción o de competencia del Tribunal. 3. No haberse notificado al imputado o a su defensor el auto de enjuiciamiento. 4. Haberse incurrido en el error relativo a la denominación genérica del delito, a la época y lugar en que se cometió o con respecto a la persona responsable o del ofendido. 5. No haberse notificado legalmente los autos y las providencias que acogen o niegan pruebas”.

Para Porcell, las causales de nulidad en materia penal son taxativas; es decir, están identificadas y establecidas claramente en el Código Judicial.

Al referirse a la decisión de Paniza, el presidente Juan Carlos Varela opinó que lo importante es que este tipo de faltas no vuelvan a ocurrir. “Panamá no gana porque las personas estén o no detenidas y por el tiempo en que lo estén, sino porque esto no vuelva a pasar”, señaló.

El juez también impuso nuevas medidas cautelares a Mulino (país por cárcel) y a Garuz (casa por cárcel).

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