CASO MOSSACK FONSECA

Prórroga en caso Mossack Fonseca, en manos de la Corte Suprema

En su apelación, la abogada McDonald asegura que la prórroga indefinida dada para investigar a la firma viola el debido proceso.

Prórroga en caso Mossack Fonseca, en manos de la Corte Suprema
El pasado 9 de febrero, la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada indagó y ordenó el arresto de Ramón Fonseca Mora.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) deberá resolver un recurso de apelación, presentado por la firma Mossack Fonseca, contra la decisión del Primer Tribunal Superior de Justicia de rechazar un amparo de garantías constitucionales que pretendía dejar sin efecto la prórroga indefinida otorgada al Ministerio Público por el Juzgado Decimoséptimo Penal, con el fin de investigar al bufete por la creación de sociedades offshore que presuntamente fueron usadas para el blanqueo de capitales.

Fuentes del Órgano Judicial confirmaron que la abogada que representa a la firma en este caso, Guillermina McDonald, acudió al Primer Tribunal a principios de esta semana para sustentar la apelación antes de que se venciera el plazo para ello, y ahora corresponde al pleno de la Corte resolver el recurso.

McDonald sustentó la apelación en el hecho de que la prórroga indefinida otorgada por el Juzgado Decimoséptimo Penal a la Fiscalía Segunda contra la Delincuencia Organizada –que investiga el caso– viola el artículo 2425 del Código Judicial y el artículo 32 de la Constitución Política de Panamá.

Según McDonald, al no fijarse un plazo razonable para que el Ministerio Público culmine la investigación se produce una violación directa al debido proceso. En otras palabras, afirma que conceder una prórroga indefinida riñe con los trámites legales a los que está sujeto el proceso penal.

La abogada sostiene que la prórroga indefinida también viola el artículo 2033 del Código Judicial, según el cual “el proceso penal deberá estar concluido en los cuatro meses siguientes a su iniciación, término que podrá prorrogarse hasta por dos meses más, cuando sean varios los imputados o los hechos punibles”.

Este artículo detalla, sin embargo, que “en los casos con pena mínima de cinco años de prisión, secuestros, extorsión, violación carnal, hurto, robo, delitos contra la administración pública, contra la seguridad colectiva que impliquen peligro común, delitos patrimoniales, blanqueo de capitales y tráfico de drogas, en cuyos procesos no existan detenidos, no se concluirá el sumario hasta tanto se agote la investigación”.

McDonald indica que aún en estos casos el juez tiene el deber de fijar una fecha de conclusión del sumario, atendiendo la naturaleza de la investigación.

El fallo del Primer Tribunal, fechado el 2 de este mes, tuvo una votación dividida, en la que dos magistrados validaron la sentencia del Juzgado Decimoséptimo Penal y la magistrada Eva Cal salvó su voto.

En su salvamento de voto, Cal advirtió de que el rechazo del amparo presentado por la defensa de Mossack Fonseca ocasionaría un nuevo retraso en la investigación, pues abriría la puerta a la presentación de un recurso de apelación, como en efecto ocurrió.

Este caso se inició luego de que el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación divulgó sociedades creadas por Mossack Fonseca, que se presume fueron usadas para el blanqueo de capitales.

SOLICITAN FIANZA

Ayer, McDonald también presentó una solicitud de fianza de excarcelación a favor de Ramón Fonseca Mora, aunque como parte del proceso que se le sigue por presunto lavado de dinero, ligado al escándalo de corrupción Lava Jato en Brasil.

Por este proceso, que también es adelantado por la Fiscalía Superior Especializada contra la Delincuencia Organizada, permanecen detenidos Ramón Fonseca Mora, su socio Jürgen Mossack, el abogado de la firma Edison Teano y la representante del bufete en Brasil, María Mercedes Riaño.


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