Más de 100 mil personas podrían estar protegidas por el fuero electoral durante los procesos electorales internos de los partidos políticos y las elecciones generales de 2019 si es aprobado tal cual está redactado el proyecto 292 de reformas al Código Electoral que se discute en la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional.
Con la ley vigente (artículo 143) gozan de este fuero los funcionarios electorales, así como los representantes ante las corporaciones electorales de los partidos y de los candidatos de libre postulación por el tiempo que ejerzan funciones durante el proceso electoral y hasta tres meses después del cierre de este.
De igual manera se incluye a los candidatos, los presidentes y vicepresidentes, secretarios y subsecretarios generales de los partidos legalmente constituidos, desde la convocatoria a consultas populares y hasta tres meses después del cierre del proceso electoral.
Quienes gozan de este fuero penal electoral no podrán ser detenidos, arrestados o procesados sin autorización del Tribunal Electoral (TE), excepto en caso de flagrante delito.
Sin embargo, con el proyecto 292 se amplía el fuero a más personas. El fuero cubriría a los miembros de la mesa de votación, a los integrantes de la junta de escrutinio o centro de votación designados por el TE, por los partidos políticos y por los candidatos de libre postulación en procesos organizados por el Tribunal Electoral. Ello sin importar si se trata de una elección interna del partido o una elección primaria.
El fuero regiría desde el momento en que la postulación quede en firme hasta 15 días después.
Maribel Jaén, del Foro Ciudadano Pro Reformas Electorales, dijo que esta figura es “un mecanismo de blindaje”. Añadió que la tendencia regional en la lucha contra la corrupción y a favor de la transparencia es que no haya estas prerrogativas.