El fiscal primero de Drogas, Markel Mora, envió una carta el pasado 4 de julio al magistrado presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), José Ayú Prado, en la que lo pone en conocimiento de la supuesta situación “irregular” que se dio con la tramitación de un fallo expedido por el Juzgado Cuarto Penal, que declaró nulo el expediente y ordenó la libertad de 25 personas relacionadas con un caso de narcotráfico.
Contó el fiscal al magistrado que, a través de un fallo del 28 de junio de 2016, la juez cuarta penal encargada, Yoideth Chirú Manrique, decretó la “nulidad de todo lo actuado y el archivo del expediente”, y al final del mismo fallo indica que: “se ordena poner en libertad a los imputados detenidos por esta causa, una vez ejecutoriada la presente resolución”.
Señala el fiscal que para “su sorpresa” el fallo llega a su despacho a las 4:05 p.m. del 1 de julio de 2016 para su notificación, no obstante, en un oficio número 42 del 29 de junio de 2016, la misma juez “ya había puesto en libertad desde esa fecha a 25 personas presuntamente imputadas en esa causa; entre ellos a varios que ni siquiera estaban detenidos formalmente en sede penitenciaria. Igual situación operó con el oficio 43 de esa fecha donde se puso en libertad a cuatro damas más por este proceso”.
Denuncia el fiscal a Ayú Prado que “resulta cuestionable el hecho de decretar, contrario a la ley, el archivo de una causa compleja compuesta por 16 tomos y más de 7 mil 273 páginas de investigación hasta este momento; pero, lo singular es el hecho de haber conferido libertades de forma abrumadora, aun en contra de la propia resolución, ya que sin estar debidamente ejecutoriada se giraron e hicieron efectivas las no restricciones de libertad ambulatoria de los presuntos imputados”.
“Fíjese en lo ilusorio del fallo”, cuenta el fiscal Mora a Ayú Prado, “ya que ha puesto en libertad a todos los implicados, sin embargo, según consta en la página 24 de la resolución solo se tiene un sello de notificación a la Fiscalía Primera de Drogas y paradójicamente también indica que se imponen medidas cautelares de presentación, sin su debida notificación, es decir, algún día serán cumplidas, ya que hay implicados prófugos y otros fuera del país en trámite de extradición”.
El fiscal le adjuntó al magistrado copia del fallo del 28 de junio, mediante el cual la juez decretó la nulidad del expediente en esta investigación y los oficios 42 y 43 emitidos por el juzgado con relación a este proceso.
Mora informó que apeló el fallo del Juzgado Cuarto Penal ante el Segundo Tribunal Superior de Justicia.
La investigación en este caso se inició el 4 de marzo de 2015, luego de que la Unidad de Investigaciones Sensitivas de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ) recibiera informes sobre la operación de una red internacional de tráfico de drogas. En uno de los allanamientos, realizado en una casa en Betania, se incautaron de 25 kilos de cocaína y documentación del resto de sus miembros y de sus operaciones.
El fiscal también puso en conocimiento de estas irregularidades a la procuradora de la Nación, Kenia Porcell, quien también criticó el fallo expedido por la citada juez.
Argumentos de la juez
En su decisión, la juez Chirú estimó que la Fiscalía de Drogas incurrió en una equivocación procesal al momento de solicitar autorización a la Sala Penal de la Corte para escuchas telefónicas en este proceso.
De acuerdo con la juez, la fiscalía solicitó a la Sala Penal una certificación para realizar las interceptaciones telefónicas, pero dicho mecanismo no reúne los requisitos de una resolución debidamente motivada [con argumentos que validen la diligencia], y que incluso dicha certificación no fue acompañada con las copias originales de las resoluciones que autorizaban las interceptaciones telefónicas.
La juez argumentó que la fiscalía incorporó estas pruebas al expediente sin antes haber cumplido con la formalidad exigida por la Constitución, de una resolución motivada por una autoridad judicial competente.
Reacciones
En su informe al país, el pasado 1 de julio ante la Asamblea Nacional, el presidente Juan Carlos Varela hizo un llamado al Órgano Judicial para que no sigan liberando a peligrosos criminales que amenazan la imagen del país y la vida de los ciudadanos.
Para esos días, el Juzgado Séptimo Penal absolvió y decretó la libertad de Dangelo Dayán Ramírez Ramea, acusado por la supuesta comisión del delito de blanqueo de capitales.
Posteriormente, el 6 de julio, Varela dijo que el mensaje que envió a la Corte y a los funcionarios del Órgano Judicial ha sido recibido con “responsabilidad y preocupación” por los magistrados.
Ese mismo día, el director de la Policía, Omar Pinzón, reveló que Ramírez Ramea había amenazado al presidente Varela.
