Sáez-Llorens no podrá salir del país

El Ministerio Público dictó ayer impedimento de salida del país al exdirector del Seguro Social, Guillermo Sáez-Llorens. Igualmente, deberá notificarse los días 30 de cada mes, por presunto cobro de coimas a la empresa SAP. VEA 3A

El Ministerio Público dictó ayer impedimento de salida del país al exdirector del Seguro Social, Guillermo Sáez-Llorens. Igualmente, deberá notificarse los días 30 de cada mes, por presunto cobro de coimas a la empresa SAP.

Una medida de impedimento de salida del país y la notificación los días 30 de cada mes le fue impuesta anoche al exdirector de la Caja de Seguro Social (CSS), Guillermo Sáez-Llorens, por la Fiscalía Sexta Anticorrupción, dentro de la investigación por el presunto pago de sobornos para la adquisición de equipos informáticos por parte de esa entidad a la empresa SAP International.

Tras ocho horas de indagatoria en la fiscalía, donde se interrogó a Sáez-Llorens sobre un informe de auditoría elaborado por la CSS en la que se le vincula con la adquisición del equipo, el fiscal Aurelio Vásquez decidió impedir la salida del país del exfuncionario.

A su salida de la diligencia, Sáez-Llorens aseguró que el informe de la CSS está lleno de irregularidades que pretenden vincularlo con supuestas anomalías, pero que presentó pruebas al fiscal que lo exoneran de responsabilidad.

Aseguró que los equipos de la empresa SAP International fueron adquiridos en junio de 2009, cuando aún no era funcionario de la CSS.

Por otro lado, el Juzgado Decimotercero Penal rechazó un incidente de nulidad presentado por la defensa del exdirector de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental Eduardo Jaén para que se dejara sin efecto la investigación en su contra. Jaén tiene detención preventiva.

Con fecha del pasado 7 de abril de 2016, la juez Alina Hubiedo rechazó el escrito presentado por el abogado Raimundo Pittí, en el que sostiene que el fiscal Vásquez carece de competencia para adelantar esta investigación, ya que la pena aplicable por los cargos que se le imputan (corrupción de servidores y fraude en actos de contratación pública) es competencia de los juzgados municipales. Sin embargo, la juez Hubiedo señaló que el artículo 2465 del Código Judicial es claro al señalar que “los procesos contra los servidores públicos se siguen en la Asamblea Legislativa, la Corte Suprema de Justicia, los tribunales superiores y los juzgados de circuito”.

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