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ANÁLISIS

Tribunal Constitucional: ¿una solución para la justicia o un nuevo problema?

Tribunal Constitucional: ¿una solución para la justicia o un nuevo problema?
Corte Suprema de Justicia.

La idea de un tribunal dedicado exclusivamente a decidir las controversias constitucionales se le debe al jurista austriaco Hans Kelsen, el mismo autor de la famosa pirámide del ordenamiento jurídico, quien concibió el tribunal constitucional para su natal Austria en 1919. La idea se volvió popular en el resto del mundo después de la Segunda Guerra Mundial.

A diferencia de la Corte Suprema de Justicia, el tribunal constitucional no conoce temas diferentes ni tiene que administrar otros tribunales, o supervisar personal distinto al que tiene el propio tribunal.

Todas estas ventajas hacen que sea, en el papel, una propuesta apropiada para la justicia panameña. Esto es, por supuesto, si tuviese delimitadas las funciones correctas.

En el proyecto de reformas preparado por el Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo se propone la creación de un tribunal constitucional con cinco miembros, cuya designación tendría los mismos requisitos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia, y con un término de 15 años en el cargo. Sus funciones son casi equivalentes a las de los tribunales constitucionales de América Latina, como Colombia, Chile, Guatemala o República Dominicana. El panameño sería el único que juzgaría a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Esta parece ser, en el fondo, la verdadera razón que fundamenta la creación del tribunal constitucional. En papel, se rompería el binomio de juzgamiento: Asamblea juzga a la Corte, la Corte juzga a la Asamblea. Sin embargo, dadas las circunstancias que afligen a la justicia panameña, sería muy posible que el tribunal constitucional se transformara en otra defensoría del pueblo, o en una sucursal de la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional.

Panamá ya tuvo una experiencia similar a la del tribunal constitucional, que fue la del Tribunal Contencioso Administrativo (1943- 1956) que conoció de forma independiente los casos de control de la administración pública con suma eficiencia y rapidez, hasta que se le unió con la Corte Suprema de Justicia y se convirtió en la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral, donde sus fallos toman demasiado tiempo y están politizados. Ese experimento fue hace más de 60 años. Quizás sea tiempo de intentar algo nuevo.


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