La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró legal el impedimento del magistrado Abel Zamorano para conocer la apelación de 70 de las 417 demandas de indemnización presentadas por afectados y familiares de las víctimas de la ingesta de medicinas de la Caja de Seguro Social contaminadas con dietilenglicol.
Zamorano sustentó su solicitud de impedimento en el hecho de que integró la Sala Penal de la CSJ, que el 11 de abril de 2017 dictó la sentencia en la que se declaró la responsabilidad penal de particulares y servidores públicos por el envenenamiento de más de 130 personas con el tóxico.
El magistrado Cecilio Cedalise, ponente del recurso de impedimento, indicó en el fallo que lo señalado por su colega Zamorano “es motivo suficiente para separarlo del conocimiento del presente negocio”.
Cedalise indicó que, como el magistrado Zamorano no tiene suplente, se le debe designar uno entre los integrantes de las otras salas, que será elegido mediante sorteo que efectuará la secretaría de la Sala Tercera.
El procurador de la Administración, Rigoberto González, presentó un escrito de oposición ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo para que no se admitan 70 de las 417 demandas presentadas por sobrevivientes y familiares de las personas afectadas tras el consumo de las medicinas contaminadas.
Los demandantes, en su mayoría representados por la firma Orobio & Orobio, exigen al Estado una indemnización de más de $2 mil millones.
Según el procurador, las demandas carecen de copia autenticada del fallo de la Sala Penal de la Corte, que dictó sentencia a los implicados en el envenenamiento masivo.
