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ANÁLISIS

‘Apruebo’ se convirtió en una esperanza

‘Apruebo’ se convirtió en una esperanza
La respuesta de la gente fue contundente y así lo reflejaron los medios de comunicación. AFP

El contundente resultado del plebiscito constitucional de Chile, el pasado domingo, habla por sí mismo: 7 millones 562 mil 421 salieron a votar cívicamente, en medio de la pandemia y a pesar de las estrictas medidas de seguridad.

Y no solo eso. El 78.27% de esos ciudadanos votó para que se cambie la Constitución [primera pregunta de la consulta], mientras que el 79.10% lo hizo para que dicha reforma sea a través de una Convención Constitucional o Asamblea Constituyente [segunda interrogante del plebiscito].

Más específicamente, la decisión popular escogió el camino de una Asamblea Constituyente conformada por 155 ciudadanos electos de forma exclusiva para tal función, rechazando así cualquier participación del actual Órgano Legislativo.

La única limitación que tendrá la nueva Asamblea Constituyente es que las deliberaciones sobre el texto constitucional, artículo por artículo, requerirán el voto favorable de las dos terceras partes de los constituyentes, supuestamente para evitar el dominio de los extremismos ideológicos.

El plebiscito del pasado domingo fue el primer paso en el proceso de cambio constitucional escogido por los chilenos. Luego de esta decisión, el próximo 11 de abril de 2021, se hará la elección de los 155 miembros de la Constituyente.

La ley habilitante del plebiscito establece que debe haber paridad entre hombres y mujeres y que se reservará un número de plazas para representantes de los pueblos indígenas. Para todos los cargos podrán postularse miembros de partidos políticos e independientes.

Una vez conformada la Constituyente, esta tendrá 9 meses, que pueden extenderse hasta 12, para redactar el nuevo texto, que deberá ir a un plebiscito para su aprobación o rechazo.

Los antecedentes

El 18 de octubre de 2019 estallaron las mayores protestas que Chile ha conocido en su historia democrática. El disparador fue el aumento de 30 pesos chilenos (unos 4 centavos de dólar) en el costo del pasaje del metro de Santiago. La reacción, principalmente de estudiantes de secundaria, fue inmediata y terminó despertando un enorme reclamo social por la situación económica y política.

Algunas de las protestas fueron acompañadas por actos violentos y saqueos. A la vez, las fuerzas de seguridad emprendieron una represión desconocida en tiempos democráticos. Los sucesos dejaron 31 muertos y 500 jóvenes mutilados en los ojos por balines disparados por la policía.

Para enfrentar la situación, el gobierno declaró Estado de Emergencia y cuando el panorama se dibujó caótico, el presidente Sebastián Piñera propuso una legislación para cambiar la Constitución establecida por el régimen de Augusto Pinochet en 1980 y que, según el reclamo popular, limita la democracia, blinda a los cuerpos de seguridad y promueve la inequidad.

Ahora, con el cronograma del cambio constitucional, el gobierno podrá concluir su mandato y dejar a su sucesor su legado.

Óptica desde Panamá

“En la historia de las naciones modernas, las crisis institucionales desencadenan en dos opciones, la del deterioro continuo o la de los cambios profundos”, opinó el jurista Carlos Ernesto González Ramírez.

A su vez, la psicóloga y politóloga Celia Moreno concluyó que “el pueblo chileno tuvo una dictadura sangrienta y, a pesar de esta, ha sabido reconstruir su institucionalidad y cuenta con líderes comprometidos que han sabido llevar adelante la lucha de ese pueblo”.

Moreno definió el plebiscito chileno como una oportunidad que se ganó el pueblo, “que quiere hacer una nueva Constitución que los represente”.

Para González Ramírez, es necesario tomar en cuenta que “lo de Chile tiene un paralelismo con Panamá, toda vez que ambos países tenemos constituciones promulgadas en regímenes autocráticos y dictatoriales y ambos países han llegado, por vías distintas, a un descalabro institucional”.

Moreno, a su vez, piensa que “…hay que comenzar un proyecto de capacitación para el pueblo, de forma tal que pueda escoger, como en Chile, la forma de hacer una nueva Constitución, de acuerdo con los sistemas que se permiten en Panamá”.

“Otro punto a destacar en Chile es que nunca se ha redactado una Constitución por delegados electos por el voto popular ni por mujeres. Panamá ya tuvo una experiencia con la Constitución del 46, que tuvo una vida institucional muy mala”, recordó González Ramírez.

Marco jurídico local

Según el artículo 314 de la Constitución, la Asamblea Constituyente podrá ser convocada por el Ejecutivo y ratificada por la mayoría absoluta de la Asamblea Nacional, o convocada por decisión propia de al menos dos tercios de los miembros del Órgano Legislativo.

También se da potestad a los ciudadanos de recolectar firmas equivalentes al 20% del padrón electoral, que deberán presentar al Tribunal Electoral para que este, a su vez, convoque a la elección de una Constituyente.

En todos los casos, la Constituyente tendrá 60 miembros escogidos por representación proporcional de provincias y comarcas.

El Tribunal Electoral definiría las reglas de la elección de los constituyentes. Una vez formalizada la Constituyente, esta tendría hasta nueve meses para elaborar el documento y presentarlo a la población, a fin de que lo apruebe o rechace en un referéndum.


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