Ayer, como si la antesala de las nuevas restricciones de movimiento no fueran suficientemente preocupantes para la población, alguien tuvo la infeliz idea de hacer circular en redes sociales un documento supuestamente emitido por la Segunda Oficina Judicial del Primer Distrito Judicial de Panamá, haciendo constar que la nueva fecha del juicio a Martinelli es el 8 de abril de 2021. La propensión a la viralidad de la información relacionada con el caso de los pinchazos, hizo que la mayoría pasara por alto detalles en el contenido de ese documento que reflejaban una composición de lo que podrían ser fragmentos de distinto origen. Y aunque la falsedad de la nota no hace ni más cierta ni mas falsa la fecha que allí se indica, en este tipo de asuntos lo más sensato es esperar la comunicación oficial. Sin embargo, en el aún posible evento de que el juicio se celebre en la fecha que aparece anotada en el documento espurio, ello desdibujaría los planes del imputado de arrastrar los pies hasta el próximo periodo electoral, sin consecuencias adversas para él.
ESTA SEMANA, el Consejo de Gabinete autorizó la contratación de $950 millones en financiamientos con bancos multilaterales y comerciales, para “apoyar el presupuesto 2020”. Con estos nuevos préstamos, la deuda pública contratada en pandemia se eleva a $7,858.5 millones. Eso significa que desde el 13 de marzo pasado, cuando se declaró el “estado de emergencia nacional”, hasta hoy, se ha contratado deuda a un ritmo de $27.86 millones, por día. Los nuevos financiamientos son el último eslabón de la cadena de enigmas de lo que sucedió con todos aquellos fondos del presupuesto general del Estado para 2020, que no fueron ejecutados debido a cierres, confinamientos y cuarentenas del personal. ¿Cuánto costaba el funcionamiento, en tiempos normales, de todo aquello en el Estado que estuvo cerrado, por la pandemia? ¿Cómo se utilizó lo que en las presentes circunstancias no se ejecutó? Allí no acaba la cosa. Estas maniobras del Gabinete reñirían con el reglamento de la ley de responsabilidad social fiscal y con la ley que dicta el presupuesto general del Estado, ya que los créditos, las emisiones y las deudas no podrán destinarse a financiar el gasto corriente. Sin embargo, el financiamiento cuya contratación fue autorizada esta semana está destinado precisamente a ese tipo de cosas: pagos a proveedores, programas de subsidios y transferencias a universidades públicas, entre otros gastos. No es que Panamá se distinga por su gran aprecio a la ley, pero, ¿cuándo las normas dejaron de tener algún tipo de vigencia, tan solo porque alguien en un despacho público así lo decidió?
