Los decretos ejecutivos que prohíben el uso de los sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores u otros dispositivos similares, con o sin nicotina, así como la obligatoriedad de colocar letreros que den cuenta de esta prohibición, serían elevados a rango de ley y así consta en el proyecto 178 que se discute en la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional.
La coordinadora de la Comisión Nacional de Control de Tabaco del Ministerio de Salud, Reina Roa, sostuvo que transformar estas disposiciones legales en ley de la República permitiría consolidar el marco legal jerárquicamente acorde con el compromiso que tiene el Estado, al ser parte del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco.
Sobre la realidad en Panamá, la funcionaria indicó que los jóvenes están accediendo a estos productos a través de redes sociales.
Añadió que Panamá tiene un prevalencia en el uso de cigarrillos electrónicos del 6% en jóvenes de 13 a 15 años de edad, la cual es relativamente baja si se compara con la prevalencia en Estados Unidos, de 33%.
La lucha contra los cigarrillos electrónicos y vaporizadores
Panamá, que lidera la lista de países de América con baja prevalencia en el consumo de tabaco, trabaja en el proyecto de ley No. 178, “que establece un marco legal de prohibición del uso de los sistemas electrónicos de administración de nicotina, como cigarrillos electrónicos, vaporizadores u otros dispositivos similares con o sin nicotina”.
La iniciativa legislativa, que se encuentra en la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social, da cuenta de que actualmente todo lo relacionado con los cigarrillos electrónicos está regulado por el Ministerio de Salud (Minsa) a través de decretos y resoluciones, por lo que es importante crear un marco regulatorio a través de una ley, lo que coincide con lo planteado en enero pasado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en las guías publicadas con relación a este tema.
La necesidad de reforzar las actuales normativas obedece a que la OMS sostiene “que de ninguna manera los vaporizadores y cigarrillos electrónicos son seguros”, por lo que insta a los gobiernos a legislar sobre estos dispositivos para “interrumpir su promoción y su aceptación y prohibir que se realicen afirmaciones falsas o no comprobadas sobre ellos”.
En este sentido, la OMS pide que se prohíba su uso en lugares públicos y de trabajo cerrados, “dados los riesgos para la salud que representan también para los no usuarios” y recomienda que se graven de manera similar a los productos del tabaco, al tiempo que rechaza que se puedan considerar un sistema que ayude a dejar de fumar, porque “no hay pruebas suficientes para respaldar el uso de estos productos para dejar de fumar”.
La coordinadora de la Comisión Nacional de Control de Tabaco del Minsa, Reina Roa, explicó que en Panamá existe el Decreto Ejecutivo No. 1838 de diciembre de 2014, que prohíbe el uso de sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores u otros dispositivos similares con o sin nicotina, así como la Resolución No. 0415 de marzo de 2016, que señala la obligatoriedad de colocar el letrero de prohibición de uso de los sistemas electrónicos de administración o no de nicotina (cigarrillos electrónicos, vaporizadores u otros dispositivos similares) en todos los lugares donde esta prohibido el uso del tabaco
Sin embargo, Roa aseguró que es importante elevar la jerarquía legal de estas disposiciones, particularmente en estos momentos, cuando a causa del vapeo se ha presentado en Estados Unidos una epidemia de neumonitis lipoidea.
Asimismo, precisó que hasta el 21 de enero de 2020 en Estados Unidos se reportaron al menos 2 mil 669 hospitalizaciones acumuladas por neumonitis lipoidea, 66% de las cuales corresponde a hombres, con una edad promedio de 24 años de edad.
Para Roa, transformar estas disposiciones legales en ley de la República permitiría consolidar el marco legal jerárquicamente acorde con el compromiso que tiene el Estado al ser parte del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco.
Añadió que el proyecto de ley requiere pequeños ajustes en los artículos 4, 5 y 6 –inherentes a los lugares donde estarán prohibidos y las infracciones–, para que se acoplen con las disposiciones vigentes de forma completa e integral.
Por su parte, Nélida Giglo, de la Coalición Panameña contra el Tabaquismo, indicó que estos cigarrillos representan un peligro, porque contienen ciertas sustancias como el propilenglicol, glicerina, nicotina y otros elementos químicos.
“Todas las marcas contienen sustancias nocivas para la salud, especialmente para los jóvenes”, expresó Giglo, quien recordó que en Panamá está prohibido la comercialización de los cigarrillos electrónicos y vapeadores, pero hay jóvenes que los compran por internet o fuera del país para su posterior uso, sin saber el daño que les pueden ocasionar.
Sobre ese punto, la OMS plantea que los jóvenes que usan vaporizadores tienen más probabilidades de consumir cigarrillos o cigarros convencionales.
