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DEMANDA

Maribel Cornejo, ponente en caso de los ministros consejeros

Maribel Cornejo, ponente en caso de los ministros consejeros
En el orden usual, Carlos Salcedo, Eyra Ruiz y José Rojas. Participan del Gabinete, pero no tienen responsabilidades legales. Archivo

La Corte Suprema de Justicia designó a la magistrada Maribel Cornejo Batista como ponente en la acción de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo 113 del 1 de julio de 2019, en el cual se nombra como asesores presidenciales, “con tratamiento de ministros consejeros”, a Carlos Augusto Salcedo, Eyra Ruiz y José Rojas Pardini.

Así consta en el reparto de la Corte Suprema, efectuado el pasado 14 de junio.

En la demanda, promovida por el abogado Ernesto Cedeño, se pide declarar inconstitucional la frase “con tratamiento de Ministros Consejeros”, del artículo 1 del Decreto Ejecutivo 113.

Corte decidirá el futuro de ministros consejeros

Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia tendrán que decidir si una de las primeras decisiones del presidente de la República, Laurentino Cortizo, se apega o no a la Constitución: el nombramiento el 1 de julio de 2019 de tres miembros de su equipo de trabajo más cercano: Eyra Ruiz, Carlos Salcedo y José Rojas Pardini.

Tras su toma de posesión como nuevo gobernante, Cortizo firmó los decretos ejecutivos 112 y 113. En el primero designó a los ministros con carteras tradicionales y en el segundo nombró a Ruiz, Salcedo y Rojas como “asesores presidenciales con tratamiento de ministros consejeros”.

Para el abogado Ernesto Cedeño, la frase que se refiere al tratamiento de ministros consejeros no tiene asidero constitucional y por ello presentó la demanda ante la Corte.

Maribel Cornejo, ponente en caso de los ministros consejeros
Maribel Cornejo, magistrada de la Corte Suprema de Justicia. Archivo

De hecho, el artículo 183 de la Constitución establece las ocho atribuciones que ejerce el presidente de la República por sí solo. En ninguna de ellas aparece ese concepto. No obstante, en la primera atribución se señala que al presidente le compete “nombrar y separar libremente a los ministros de Estado”.

En su demanda, Cedeño reseña un fallo del 3 de julio de 2014 de la propia Corte, que señala que la figura de ministro consejero no existe. La respuesta de la Corte en esa ocasión fue ante una demanda presentada por el mismo abogado contra el entonces “ministro consejero” y antes ministro de Obras Públicas, Federico Suárez (designado en el gobierno de Ricardo Martinelli, 2009-2014), por haber ordenado un pago por $30 millones para reparar daños en la vía próxima al Puente Centenario.

Ahora, los nueve magistrados de la Corte tendrán que resolver la demanda contra los tres ministros consejeros nombrados por Cortizo y para eso fue designada como ponente la magistrada Maribel Cornejo Batista, mediante el reparto del pasado lunes 14 de junio de 2021.

En las últimas semanas, las actuaciones de los ministros consejeros han estado bajo la mirada pública, en particular Ruiz, que aconseja en temas de salud, y Rojas Pardini, encargado de facilitar la inversión privada.

Al igual que los ministros de Estado con cartera, los “ministros consejeros” cuentan con carro oficial y personal administrativo. Además, usan pasaporte diplomático y pueden acompañar al presidente en viajes y actividades internacionales en calidad de ministros. Su función, que no está establecida en la Constitución ni en los decretos que los designan, sería la de aconsejar al mandatario en temas complejos, pero no tienen las mismas responsabilidades legales que los ministros titulares ni la obligación de rendir cuentas ante la Asamblea Nacional, por ejemplo.

En el Consejo de Gabinete, los consejeros tienen derecho a voz, mas no firman ninguna resolución. Por ejemplo, pueden estar presentes en deliberaciones tan importantes como el nombramiento de los magistrados de la Corte, una potestad que por Constitución tiene el Consejo de Gabinete.

De hecho, Maribel Cornejo Batista, la ponente en la demanda de Cedeño, fue designada por el Gabinete de Cortizo.



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