La Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió un amparo de garantías constitucionales que buscaba revertir la decisión de una jueza que ordenó a La Prensa no dar detalles de una investigación que le sigue el Ministerio Público al abogado Janio Lescure, relacionada con la supuesta compra y venta de fallos en la propia CSJ.
El fallo, que tuvo la ponencia del magistrado Hernán De León, mantiene la decisión de la jueza de garantías Elkis Martínez, que ordenó una medida de protección a favor de Lescure y prohibió a este periódico publicar su foto y dar detalles de la pesquisa que adelanta una fiscalía.
Sin embargo, el magistrado Olmedo Arrocha salvó su voto. Argumentó que el recurso presentado por el medio de comunicación gira en torno a la posible vulneración de la libertad de expresión, una garantía fundamental.
Arrocha también planteó que era necesario ir más allá de la admisibilidad del recurso y analizar los aspectos de la decisión asumida por la jueza: la vulneración de la libertad de expresión.
Corte no admite amparo contra decisión de jueza que restringe derecho a la información
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) avaló una decisión del Primer Tribunal Superior que no admitió un amparo de garantías presentado por Corporación La Prensa S.A. (Corprensa) contra un fallo del 8 de junio de 2020 de la jueza de garantías Elkis Martínez, que prohibió a este diario la difusión de fotos e indagar sobre la investigaciones seguidas al abogado Janio Lescure.
El amparo de La Prensa alegó que la decisión de Martínez le impide el ejercicio del periodismo. Sin embargo, el fallo, bajo la ponencia del magistrado Hernán De León, no admitió el recurso argumentando que no se puede usar el amparo de garantías para atacar aspectos de legalidad. Es decir, para aspectos relativos al trámite de procesos manejado por el juez, y que lo que se buscaba era usar a la Corte como una instancia para que se decida si la actuación de la jueza fue legal o no. El fallo también planteó que el amparo hace referencia a que se impide el libre ejercicio del periodismo, más no la libertad de expresión, y que esta última sí se encuentra contenida en la norma constitucional. Alegó que la jueza aplicó medidas de protección que se encuentran en el Código Procesal Penal y que el amparo es una medida extraordinaria para ventilar la vulneración de normas constitucionales.
Arrocha salvó el voto
El planteamiento de De León fue apoyado por sus colegas, Luis Ramón Fábrega, María Eugenia López Arias, Angela Russo, Carlos Vásquez, José Ayú Prado, Rafael Murgas Torraza (suplente de Cecilio Cedalise), y Maribel Cornejo.
No todos los magistrados estuvieron de acuerdo con esta postura. El magistrado Olmedo Arrocha salvó su voto. Planteó que el amparo gira sobre la posible vulneración de la libertad de expresión y el derecho a la información, y que el pleno de la Corte debió entrar a analizar si realmente se vulneraba esta garantía fundamental,
Añadió que aquí era necesario superar el tema de la admisibilidad y analizar los aspectos de la decisión de la jueza, ya que se podrían estar vulnerando garantías constitucionales. Pidió a sus colegas del pleno de la CSJ, examinar si la decisión de Martínez afecta o no la libertad de expresión y el derecho a la información, por lo que era necesario su admisión.
El pasado 8 de junio de 2020, la jueza de garantías Elkis Martínez, durante una audiencia de afectación de derechos, prohibió a La Prensa y al periodista Rolando Rodríguez fotografiar o seguir indagando sobre la investigación que el Ministerio Público realiza a Lescure.
La petición de Lescure se produjo como parte de una denuncia por delitos contra el honor que interpuso contra Rodríguez, luego de que este realizara una serie de publicaciones relacionadas con la presunta compra y venta de fallos de la Corte. La pesquisa, que adelanta la Fiscalía contra la Delincuencia Organizada, fue abierta a raíz de estas publicaciones, pero en la actualidad se desconoce en qué etapa se encuentra, debido, precisamente, a la prohibición impuesta por la jueza para seguir indagando.
(Esta nota fue modificada a las 11:15 a.m. de este lunes 5 de abril para incluir el siguiente párrafo: El planteamiento de De León fue apoyado por sus colegas, Luis Ramón Fábrega, María Eugenia López Arias, Angela Russo, Carlos Vásquez, José Ayú Prado, Rafael Murgas Torraza (suplente de Cecilio Cedalise), y Maribel Cornejo.)

