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Decisión definitiva

Corte declara ilegal decreto de multas del alcalde Fábrega

Los magistrados de la Sala Tercera consideraron que la Alcaldía de Panamá no es la autoridad facultada para imponer multas a vehículos estacionados en aceras, plazas y parques.

Corte declara  ilegal decreto de multas del alcalde Fábrega
José Luis Fábrega, alcalde capitalino, firmó el polémico decreto el 1 de agosto de 2019. Archivo.

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia concluyó que es ilegal el decreto número N° 025-2019 de 1 de agosto de 2019 emitido por el alcalde José Luis Fábrega sobre las multas por estacionar vehículos sobre las aceras, zonas verdes y espacios públicos.

Así lo indica el fallo del 9 de junio de 2021 que lleva la firma de los magistrados Cecilio Cedalise (ponente), Luis Ramón Fábrega y Carlos Vásquez Reyes.

Los magistrados determinaron que en dicho decreto no se tomó en consideración lo dispuesto en el Reglamento de Tránsito Vehicular de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), el cual establece sanciones o multas al momento de incurrir en dichas infracciones. De esta forma, dijeron los magistrados, el alcalde invadió competencias propias de la ATTT. Además de que los residentes del distrito capital estarían expuestos a una doble sanción por la misma infracción.

Los magistrados de la Sala Tercera recordaron que los alcaldes tiene facultad para imponer multas por el uso sin autorización de aceras, plazas, parques y otros espacios públicos. Sin embargo, dichas actividades no guardan relación con la prohibición de estacionar los vehículos en dichas zonas o áreas previamente señaladas, sino para actividades de carácter lucrativas.

En el fallo se cita el artículo el artículo 75 de la ley 106 de 1973, modificada por la ley 52 de 1984, que se refiere a las multas por el uso de aceras, plazas, entre otros. Esa norma detalla que son gravables el uso de aceras y calles con fines de lucro.

El decreto, que fijaba multas de $500 hasta $2,000 a los dueños de vehículos mal estacionados o que se ubiquen en isletas y aceras de la comuna capitalina, fue denunciado en su momento por el abogado Ernesto Cedeño.

Cabe recordar que cuando la demanda fue admita el 14 de febrero de 2020, la Corte ordenó suspender provisionalmente el decreto y, a su vez, Fábrega revocó su decisión en espera del fallo definitivo de la Sala Tercera.


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