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Corte Suprema salvó el velo de 10 años de actas del Gabinete de Cortizo

Corte Suprema salvó el velo de  10 años de actas del Gabinete de Cortizo
Resolución mantiene confidecialidad de documentos del Consejo de Gabinete. Agustín Herrera

La Corte Suprema de Justicia no admitió una demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Daniel Arturo Lombana contra una resolución expedida por el Ministerio de la Presidencia en agosto pasado que declaró de carácter restringido por 10 años las actas, notas, archivos, y otros registros de las discusiones o actividades del Consejo de Gabinete y del presidente y vicepresidente de la República.

La demanda de Lombana alega que la resolución No. 71, del 4 de agosto del 2021, del Ministerio de la Presidencia viola los artículos 194, 199 y 200 de la Constitución, que dictan las funciones del Consejo de Gabinete y el Presidente de la República.

Además, precisa que al inicio de la resolución citada no se hace mención del fundamento constitucional que le da sustento.

El fallo, bajo la ponencia del magistrado Hernán De León, no admite la demanda porque, a su juicio, en este caso no se ataca la violación de normas constitucionales, sino la ilegalidad de la actuación del Ministerio de la Presidencia al emitir la citada resolución.

El fallo cuenta con el salvamento del magistrado Olmedo Arrocha, quien precisa que la demanda hizo un detallado análisis de las normas constitucionales violentadas por el Ministerio de la Presidencia y, en consecuencia, debió ser admitida, darle trámite y hacer un análisis sobre la supuesta violación constitucional. La sociedad civil alegó que la citada resolución resta transparencia a la gestión de gobierno.


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