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ANÁLISIS

Cuando el sentido común se escapa por la ventana

La arbitrariedad con la que se aplican las normas de la cuarentena sanitaria es causa de repulsa ciudadana, y expone la acción policial a serios cuestionamientos.

Cuando el sentido común se escapa por la ventana
El hecho de que un policía deba interpretar si se está violando el toque de queda, o no, convierte a la pandemia en el fundamento de un ‘estado policiaco’. Elysée Fernández

¿Es ilegal sacar al perro a hacer sus necesidades durante el toque de queda? ¿Y la basura?

Los panameños hemos tenido que adoptar una cultura de sigilo para hacer tareas fundamentales de la vida social para que no entren en conflicto con la interpretación de las autoridades sanitarias o de los agentes de las fuerzas de seguridad.

El principio general que rige a una sociedad democrática, acompañada de un Estado de derecho, es que los particulares son libres de hacer lo que sea, excepto aquello que esté expresamente prohibido por ley.

En el caso de los funcionarios, su comportamiento está limitado a lo que las leyes le autoricen explícitamente. Son responsables no solo en caso de que violen la ley, sino también por incumplir sus obligaciones o excederlas.

El gobierno del presidente Laurentino Cortizo decidió enfrentar la pandemia invocando un “estado de emergencia”, basado en el artículo 79 de la Ley de Contrataciones Públicas, y acompañó esa declaración con la aplicación de medidas restrictivas de la libertad de tránsito y reunión, invocando facultades del Código Sanitario.

La debilidad jurídica del planteamiento del Estado es que usando normas sanitarias y de contrataciones públicas se han suspendido libertades civiles. El artículo 55 de la Constitución establece la declaratoria del “estado de urgencia”, que sí permite la suspensión de derechos ciudadanos. De esta situación nacen las demás arbitrariedades.

El 6 de abril de este año, el Ministerio de Salud (Minsa) emitió la Resolución 369 para permitir que las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) pudieran salir 45 minutos cada día en un horario específico. A la 1:34 p.m. del 27 de marzo, también de este año, el Minsa informó por Twitter que se podían sacar a las mascotas en el perímetro de las viviendas durante el horario de salida autorizado según el último número de la cédula. Nada dijeron sobre los otros días que no hay salida autorizada. ¿Se debe suponer que el perro no saldrá por 2 días a hacer sus necesidades? Semejante tontería no aguanta un análisis del sentido común.

Es el hecho de que un policía u otro agente de la seguridad pública deba interpretar si se está violando el toque de queda, o no, lo que convierte a la pandemia en el fundamento de un “estado policíaco”.

Los panameños y extranjeros tenemos total incertidumbre sobre nuestros derechos y libertades en medio del toque de queda. Es absurdo pensar que los ministerios van a tener tiempo para regular cada situación. Por esto, los particulares pueden hacer todo aquello que no este prohibido explícitamente por la ley, incluso sacar al perro durante el toque de queda.


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