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LEGISLATIVO

Excluyen la participación ciudadana de la carrera judicial

Excluyen la  participación ciudadana de la carrera judicial
Leandro Ávila (segundo de izquierda a derecha) preside la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional.Raúl Valdés

El pleno de la Asamblea Nacional se prepara para discutir hoy el proyecto de ley 239, que plantea cambios a la Ley 53 de 2015, de carrera judicial. En medio de cruces de palabras entre diputados, el pleno subió el proyecto del punto 39 de la agenda al 12.

La rapidez en la discusión de esta propuesta se dio tras una solicitud hecha por varios diputados, entre ellos Leandro Ávila, presidente de la comisión de Gobierno, instancia que la aprobó en primer debate el pasado lunes.

Entre los cambios, se establece una reducción de la mitad del valor de uno de los criterios clave para seleccionar jueces o magistrados. Se tata de la entrevista a los aspirantes, la cual ahora no tendrá una ponderación de 20%, sino de 10%. Esta entrevista está a cargo de representantes de la sociedad civil organizada.

Con el concurso abierto, se busca llenar las vacantes que se generen en el Órgano Judicial que no sean susceptibles de ser cubiertas por las vías de traslado, ascenso o libre nombramiento. Pero, una modificación al artículo 95 propuesta por Ávila y la diputada Corina Cano, del Movimiento Liberal Republicano Nacionalista, señala que la presentación electrónica de documentos en los que consten los antecedentes académicos y laborales, tendrá un valor de 15%.

La prueba psicológica, 25%; el curso de formación, 20%; el concurso de oposición ante una comisión de evaluación, 30 %. Y la entrevista ante representantes de la unidad nominadora y un representante de la sociedad civil solo tendrá el 10 %. En la actualidad el artículo 95 establece, entre otras cosas, la presentación electrónica de documentos (20%), la prueba psicológica, (20%), el curso de formación (20%), el concurso de oposición (20%) y la entrevista (20 %).

También se hizo cambios al artículo 97 que actualmente establece que el personal de secretaría y de servicios, adscrito a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, como escribientes, asistentes, conductores, citadores y porteros, así como asistentes de magistrados y jueces, y sus secretarios ejecutivos, serán de libre nombramiento y remoción. No obstante, se le agregó esto: “el tiempo de servicio en la institución le será computado como parte de su experiencia laboral en los procesos de concursos abiertos en los que aspiren a un puesto de carrera judicial (...)”.

Se modificó el artículo 99 para que dentro del Consejo de Administración de la Carrera Judicial se incluya la participación de un magistrado de la Corte, designado por el pleno, solo con derecho a voz. Según la Ley 53 el Consejo debe estar conformado por un representantes de Tribunal Superior, del juez de circuito, de un juez municipal y secretario técnico de Recursos Humanos, este último solo con derecho a voz. Se adicionó un artículo transitorio que plantea que los servidores que hayan adquirido su título o, estabilidad a través de resolución emitida por el respectivo ente nominador y que cumplan con los requisitos, ingresaran de la carrera judicial de manera automática.

La mayor parte de los cambios a esta iniciativa, que fue presentada por Berta Moreno, suplente del perredista Nestor Guardia, fueron introducidos por Cano y Ávila.

Ayer, la magistrada María Eugenia López, presidenta de la Sala Penal de la Corte, envió una carta a Ávila en la que afirma que le suministró un cuadro de 18 páginas en el que planten “detalladamente” las inconsistencia del proyecto con las recomendaciones de las consultorías efectuadas por organismos internacionales.

Mientras que la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, manifestó que “sin aportes del Consejo de la Judicatura, ni el Pacto de estado por la Justicia, el proyecto no garantiza a los jueces más independencia, y destruye lo avanzado por la ley de carrera judicial”.


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