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Funcionarios de Aduanas podrán hacer uso de armas

La Resolución 747 se fundamenta en la Ley 1 del 13 de febrero de 2008, que creó la Autoridad Nacional de Aduanas como una entidad pública.

Funcionarios de Aduanas podrán hacer uso de armas
La resolución, publicada en la ‘Gaceta Oficial’, permite a funcionarios de Aduanas aplicar fuerza letal. Archivo

Los funcionarios de la Autoridad Nacional de Aduanas (ANA) podrán portar armas de fuego y hacer uso de la fuerza letal en el ejercicio de sus funciones.

Así consta en la Resolución 747 del 26 de octubre de 2020, publicada en la Gaceta Oficial del pasado lunes 9 de noviembre, a través de la cual la ANA autorizó a los funcionarios de la Dirección de Prevención y Fiscalización Aduanera para el uso de armas de fuego y la aplicación de fuerza letal.

La Resolución 747 se fundamenta en la Ley 1 del 13 de febrero de 2008, que creó la Autoridad Nacional de Aduanas como una entidad pública.

De acuerdo con el artículo 19 de la citada ley, la ANA “tiene entre sus funciones controlar, vigilar y fiscalizar el ingreso, salida y movimiento de mercancías, personas, medios de transporte por fronteras, puertos y aeropuertos para recaudación tributaria”.

Asimismo, la norma estipula que los funcionarios de Aduanas están autorizados para realizar allanamientos y decomisos provisionales, mediante orden escrita del Director General, en cualquier parte del territorio nacional.

Hasta ahora, no podían portar ni utilizar armas de fuego en el ejercicio de estas funciones.

Según lo establecido en la Resolución 747, a partir de esta fecha se crea la nueva Unidad de Armería, que estará adscrita a la Dirección de Prevención y Fiscalización Aduanera.

Dicha entidad será la encargada de vigilar la cantidad de armas que tendrán los funcionarios a nivel nacional, y de realizar un inventario de éstas y de las municiones.

También deberá mantener un control de su uso y mantenimiento.

Al mismo tiempo, la Unidad de Armería tendrá entre sus funciones ejecutar programas de capacitación en el uso de armas de fuego y municiones para el personal de la Dirección de Prevención y Fiscalización Aduanera, así como para escoltas y agentes de seguridad de la propia institución.

Por otra parte, la Resolución 747 detalla que la autoridad aduanera adoptará un manual de procedimiento para el control, uso y porte de las armas de fuego, y otro manual para el uso de la fuerza letal.

Estas disposiciones entraron en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial el pasado lunes 9 de noviembre.

La Dirección General de Aduanas pasó a ser Autoridad Nacional de Aduanas en el año 2008 y desde entonces tiene presencia en todos los puertos, aeropuertos y puntos de entrada al país.


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