El viernes 8 de junio, el profesor Roberto Grajales fue extraditado desde Costa Rica, como sospechoso del feminicidio de su esposa. Un avión del Servicio Nacional Aeronaval lo trajo del vecino país al aeropuerto Enrique Malek de David, de donde fue llevado por agentes de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ) de la Policía Nacional, esposado, ante un juez de garantías que realizó la audiencia de imputación y dictaminó la medida cautelar de detención provisional.
El 24 de enero de 2017, el financista West Valdés aceptó una repatriación voluntaria desde la República Dominicana. Al llegar al aeropuerto de Tocumen en un vuelo comercial, la DIJ lo llevó esposado hasta su sede, donde estuvo detenido para ser presentado ante la fiscalía que había pedido su extradición, para fines de indagatoria, por uno de los casos de Financial Pacific.
Ninguno de los dos ciudadanos panameños viajó acompañado de abogados o familiares. Los dos fueron llevados esposados por la DIJ para efectos de su filiación y fueron puestos a órdenes de las autoridades, las que dictaron las respectivas medidas cautelares.
En la extradición, e incluso en la repatriación voluntaria, los protocolos son homólogos. Panamá ha efectuado decenas de extradiciones, tanto como país requirente, al igual que como país requerido. Jamás el Gobierno de Panamá ha sido condenado nacional o internacionalmente por violación de derechos humanos en los procesos de extradición realizados.
Una vez superada la escaramuza médica del extraditado diputado Ricardo Martinelli, y si se deja examinar, es de esperar que el magistrado juez de garantías fije la fecha de la audiencia de acusación, ya que ese fue el último trámite solicitado por el fiscal de la causa, el magistrado Harry Díaz, y que fundamentó la solicitud de extradición, cuando Martinelli no se presentó a esa audiencia y fue declarado en rebeldía.
