Copia de los contratos que firmó el Estado con casas farmacéuticas y a través del mecanismo Covax, para comprar las vacunas contra la Covid-19, fueron solicitados por este medio al Ministerio de Salud (Minsa) el pasado 30 de diciembre, pero la solicitud fue ignorada.
En consecuencia, La Prensa presentó una queja formal ante la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai), pero esta institución no la admitió por “extemporánea”.
Transcurridos más de 30 días desde que se hizo la petición, el titular del Minsa, Luis Francisco Sucre, solicitó el pasado 5 de febrero 30 días adicionales para responder, pero después de casi 170 días –110 días más que el plazo que concede la Ley de Transparencia– el ministro no ha vuelto a responder. Es por ello que este medio acudió a la Antai a interponer una queja.
“Luego de revisar las constancias procesales, se advierte que el escrito petitorio del reclamo por incumplimiento no cumple con los requisitos mínimos dispuestos en el artículo 36 de la Ley 33 de abril de 2013, toda vez que el proponente de este remedio legal ha comparecido a esta Autoridad fuera del término exigido por dicha disposición para entablar el reclamo, por lo cual el mismo es extemporáneo”, cita la resolución de la Antai, con fecha del 26 de abril de 2021, y firmada por la directora Elsa Fernández.
Este artículo menciona que toda persona puede recurrir a la Antai por el incumplimiento de los términos en cuanto a acceso a la información pública, “dentro de los 30 días a partir de la fecha en que se demuestre se incurrió en el incumplimiento”.
La resolución de Antai advierte que, pese a que “el reclamo por incumplimiento no está regido por formalidad alguna, por cuanto constituye un mecanismo procesal para asegurar que toda persona tenga acceso a su información personal o información de carácter pública, así como el derecho de petición, no obstante, se debe cumplir con lo normado por el artículo 36 de la ley 33 de 2013 para su admisibilidad”.
El argumento de la Antai es, de acuerdo con el abogado Ernesto Cedeño, una interpretación “muy especial”. La Antai “se va a la forma y no al fondo, toda vez que el plazo de 30 días no es un periodo limitante, sino el tiempo para dar inicio a la investigación”.
Explicó que el espíritu de la Ley de Transparencia es que se cumpla con la rendición de cuentas en la gestión pública “y no una formalidad que fomente su incumplimiento”.
Enfatizó que, por su función, la Antai debería coadyuvar con el trámite y la rendición de cuentas.
La petición de La Prensa se suma a las que han efectuado miembros de la sociedad civil, a través de la Fundación para la Libertad Ciudadana, y el propio Cedeño. Todos han solicitado al Minsa, a la Cancillería y a la Contraloría General de la República información de los contratos.
Desde enero pasado, existen habeas data pendientes de resolver por la Corte Suprema de Justicia.

