No se trata de un fenómeno de disminución en los delitos que ha requerido cerrar juzgados por falta de trabajo. Tampoco ha sido una súbita mejoría de la eficiencia de la justicia la que ha producido la decisión del Órgano Judicial de cerrar cinco juzgados penales. El objetivo parece ser otro.
Desde la entrada en vigencia del sistema penal acusatorio en el Primer Distrito Judicial, el 2 de septiembre de 2016, se había previsto que la organización judicial en Panamá, Colón, Darién, Panamá Oeste y las comarcas mantuviera un número limitado de fiscales y juzgados de descarga para evacuar los casos del sistema inquisitivo mixto pendientes.
Era previsible que en algún momento, al cumplir esa tarea, estos juzgados adquirieran nuevas funciones o fueran cerrados. El pleno de la Corte decidió cerrarlos.
El enigma de esta noticia lo provoca la forma tan discreta como el Judicial manejó el tema. El país se enteró al divulgarse una carta del presidente del Segundo Tribunal, José Hoo Justiniani, fechada el 17 de febrero pasado y dirigida a la directora de los archivos del Órgano Judicial, en la que dio a conocer que dos juzgados cerrarán el 31 de marzo y otros tres el 30 de abril. Estos cinco juzgados tienen múltiples casos de importancia pendientes de tramitación, incluyendo audiencias, sentencias e incidentes.
Estos procesos incompletos y el personal de los juzgados deberían ser redistribuídos en los 13 juzgados de circuito penal que quedarán.
El hecho de que uno de los juzgados que será liquidado es el Decimoquinto, a cargo del juez Leslie Loaiza, aumenta la especulación sobre la movida judicial.
La Corte no ha dado explicaciones sobre este asunto y en su sitio web se destacan más los eventos sociales y seminarios judiciales que una explicación razonada del por qué, el cómo y el destino de los más de 50 funcionarios afectados y de los casos que son del conocimiento de estos juzgados.
El asunto no se puede liquidar tan fácilmente, con una nota burocrática del Judicial. Aquí están en juego los derechos de privados de libertad y víctimas, denunciantes y querellantes que reclaman claridad sobre sus procesos y el respeto a las formas judiciales.
Cambiar un caso con decenas de tomos de un juzgado a otro significa más retraso y postergación de la justicia. Podemos imaginar que en la mudanza de expedientes se traspapelen documentos, se dañen tomos o pierdan evidencias. La Corte tiene que dar la cara por esta decisión y explicar qué va a suceder con los casos y funcionarios.
Esto puede producir nulidades que favorezcan a los imputados en casos de alto perfil e incluso la prescripción de procesos mientras los expedientes se vuelven a organizar y un nuevo juez los conoce. El que calla otorga la razón a las especulaciones.
