“El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes”.
Este es el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.
Panamá ratificó, por medio de la Ley 125 del 6 de febrero del 2020, el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como Acuerdo de Escazú. En 26 artículos, este instrumento legal internacional actualiza y complementa la normativa panameña en materia de transparencia ambiental y participación ciudadana, a la vez que fortalece el acceso a la justicia en materia ambiental, y establece la protección de los defensores de derechos humanos en esta materia, incluyendo periodistas, como una obligación específica de los Estados. Para entender Escazú es clave comprender de dónde viene.
América Latina es la región más peligrosa del mundo para periodistas y activistas de los derechos humanos. Sobre todo en materia ambiental, los nombres de defensores ambientales como Chico Mendes, de Brasil, o Berta Cáceres, de Honduras, están en la memoria reciente de los latinoamericanos.
A su vez, la región entró en las últimas décadas en un ciclo intenso de mega proyectos extractivos o de infraestructuras públicas con serias consecuencias ambientales, que incluyeron el desplazamiento de pobladores, la destrucción de cultivos y el exterminio de ecosistemas y especies únicas en el mundo. Estos factores se combinaron para impulsar una creciente toma de conciencia de la sociedad civil internacional, de las universidades, los medios de comunicación y las más diversas comunidades de afectados por problemas ambientales.
En 1992 se firmó la Declaración de Río de Janeiro de Ambiente y Desarrollo. La mayoría de sus 27 principios se convirtieron en programas internacionales, o evolucionaron para ser incluidos en la agenda mundial como parte de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), o después en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Ambos programas internacionales representaban los consensos comunes a los que pudieron llegar los países del mundo y las agencias internacionales. Las particularidades latinoamericanas y caribeñas, aunque recogidas de forma breve en estas estrategias, necesitaban su propio desarrollo institucional.
El Acuerdo de Escazú es el producto de más de una década de consensos entre la sociedad civil latinoamericana y los Estados de la región. Si se le quiere ver así, fue un instrumento construido desde abajo hacia arriba, hasta que en marzo del 2018, en un suburbio de la ciudad de San José, Costa Rica, los distintos equipos de negociación le dieron su visto bueno al documento.
El Acuerdo de Escazú tiene una particularidad para Panamá, que merece ser destacada. La sociedad civil panameña, y la experiencia concreta de comunidades, periodistas y defensores ambientales panameños, sirvió de insumo para el acuerdo. Si el gobierno del presidente Juan Carlos Varela (2014-2019) hubiera tenido el compromiso apropiado con este esfuerzo, el acuerdo se habría concluido en Panamá. No fue posible y Costa Rica se llevó el mérito.
¿Que significa el Acuerdo de Escazú para el ciudadano promedio?
La Ley 125 del 2020 fortaleció los derechos de todos los habitantes de Panamá a exigir la información sobre asuntos ambientalmente relevantes. Esto complementa nuestra legislación de transparencia, y compromete al Estado panameño a no desmejorar las normas que ya existen en el país. En materia de participación ciudadana el Acuerdo amplía la forma y el fondo de las consultas públicas e, incluso, establece el derecho de las comunidades, cuyo idioma no es el español, a que se le explique las iniciativas en su idioma.
Quizás la parte más relevante del Acuerdo de Escazú es la protección que se le confiere a los defensores de los derechos humanos en materia ambiental. Este concepto se aplica a toda aquella persona que de alguna forma defiende un recurso natural o exige un derecho ambiental. Desde los residentes de las áreas revertidas, los propietarios de Coco del Mar, los pescadores de la costa de Los Santos, las poblaciones afrodecendientes de Darién, hasta los originarios de las comarcas, son incluidos en esta categoría.
El acuerdo de Escazú arrancó y somos los ciudadanos y residentes de este país los que estamos obligados a implementarlo.
