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ANÁLISIS

Una ley que puede silenciar a los delatores

Aunque el proyecto de ley 514 introduce importantes avances en la lucha contra la corrupción, entre ellos, la imprescriptibilidad de delitos como el peculado y la inhabilitación de empresas para contratar con el Estado que hayan sido condenadas, local o internacionalmente por estos actos, tiene un fruto venenoso que pudiera convertir en irrisoria el resto de la norma.

Según la Alianza Ciudadana Pro Justicia y la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, el Ejecutivo debería vetarlo parcialmente, porque, “de sancionarse, todas las empresas que han colaborado no podrán ser contratadas por el Estado, lo que parece tener el objetivo de que no acepten la colaboración”.

Las organizaciones focalizan la atención de la opinión en el dilema del proyecto: el castigo a las personas jurídicas que cooperan con la justicia delatando a corruptos. El alcance de este principio es abarcador, ya que un acuerdo de colaboración, según la Ley 3 de 2017, rompe la unidad procesal de la causa, es decir, que el colaborador deja de ser parte del delito, y por lo tanto no puede ser declarado culpable de este.

El artículo 3 del proyecto 514 revierte la tendencia internacional que ha establecido mayores incentivos para la colaboración. Esta figura aparece reconocida en la Convención de Palermo de 2000, para combatir la delincuencia organizada; y en la Convención de Mérida contra la Corrupción de 2003, que ordena a los estados proteger a quienes cooperen con la justicia. Ambas convenciones, de Naciones Unidas, fueron ratificadas por Panamá.

La colaboración eficaz es una herramienta que se usa en el mundo para combatir al narcotráfico, la trata de personas, la explotación sexual, la pornografía infantil, los delitos financieros, los peculados y los delitos de lesa humanidad. Los tribunales europeos, las cortes federales de Estados Unidos (EU) y los tribunales de Naciones Unidas reconocen y funcionan con acuerdos.

Gracias a los acuerdos, que en Brasil se conocen como delaciones premiadas, se realizó la operación Lava Jato. En Perú, pueden llevar a la cárcel a los expresidentes Alejandro Toledo, Alan García y Ollanta Umala.

Si lo que se perseguía era excluir a Odebrecht de nuevas licitaciones, la inhabilitación de nuevos contratos, que establece el proyecto de ley 514 para empresas beneficiadas con acuerdos de colaboración era innecesaria, ya que un artículo anterior excluye de la contratación estatal a las empresas condenadas por corrupción.

Odebrecht ha sido condenada en EU, Brasil y es muy posible que Argentina, Colombia, Ecuador y Perú se sumen a la lista.

Una molestia cierta es que empresas corruptas reciban este beneficio y vuelvan a contratar con el Estado. Tanto en Brasil como en EU Odebrecht está ejecutando proyectos, bajo una estricta supervisión. Eso se pudo incluir en la ley, pero no era el interés de los diputados.

Su intención es desalentar a los delatores, y clausurar la molesta lucha contra la corrupción que ha llegado a hurgar en las entrañas de la propia Asamblea.


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