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RUTA 2019

El 2 de mayo será el último día para publicar encuestas

El 2 de mayo será el último día para publicar encuestas
El 2 de mayo será el último día para publicar encuestas

La veda para la divulgación de encuestas y sondeos entrará en efecto a partir de la medianoche del jueves 2 de mayo, 48 horas antes del día de las elecciones generales, el 5 de mayo.

De esta forma, le queda prohibido a medios de comunicación y compañías dedicadas a estudios de opinión publicar resultados de encuestas, sean formales o informales, en cualquier medio de divulgación, hasta el día mismo de las elecciones.

Así lo establece el Decreto 11 del pasado 20 febrero, que fue dado a conocer en el Boletín Electoral 4476.

La norma surge después de que la Corte Suprema de Justicia, en fallo del 13 de diciembre de 2018, declarara inconstitucional al artículo 245 del Código Electoral, que aplicaba la veda desde 20 días antes de las elecciones generales.

Antes de la reforma a la ley electoral, la veda comprendía 10 días, pero los magistrados del Tribunal Electoral (TE) la ampliaron “para llenar un vacío en la norma electoral”, según explicó en su momento el magistrado Eduardo Valdés Escoffery.

El artículo 2 del Decreto 11 del 20 de febrero recuerda, además, que se permitirá la publicación o divulgación de estudios, encuestas, análisis, pronósticos y similares, siempre y cuando la persona natural o jurídica que los realice tenga el visto bueno del TE.

Asimismo, establece que los sondeos en línea que se divulguen en redes sociales, en los que no se usen muestras representativas, no tienen que estar registrados, siempre y cuando se advierta que no son estudios científicos.

A la salida

El decreto también dice que las encuestas realizadas a la salida de centros de votación, llamadas exit polls, solo podrán publicarse después de las 7:00 p.m. del día de votación. En ese sentido, hace énfasis en que cualquier declaración de triunfo en algún medio de comunicación antes de las 7:00 p.m. será considerada como un mecanismo de divulgación de encuestas. Cualquier violación a esta veda, según el decreto, conlleva una multa de entre $25 mil y $50 mil.

La demanda ante la Corte fue interpuesta por TVN, que alegó que el artículo 254 del  Código Electoral violaba el artículo 37 de la Constitución, que señala que toda persona “puede emitir libremente su pensamiento de palabra, por escrito o por cualquier otro medio, sin sujeción a censura”.


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