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ANáLISIS

Una noticia ‘criminis’ que sacudió a la justicia

Una noticia ‘criminis’ que sacudió a la justicia
Una noticia ‘criminis’ que sacudió a la justicia

La procuradora general de la Nación, Kenia Porcell, puso en conocimiento de la Fiscalía de Atención Primaria del Área Metropolitana hechos ocurridos -según la funcionaria- en su despacho, el día lunes 30 de julio de 2018, cuando Hernán De León, magistrado presidente interino de la Corte Suprema de Justicia, le hizo una visita “personal”, a fin de reunirse exclusivamente con ella. En dicha reunión solo estuvieron presentes la procuradora y el magistrado.

El artículo 83 del Código Procesal Penal establece que “tienen obligación de denunciar acerca de los delitos de acción pública que, en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de estas, lleguen a su conocimiento: 1. Los funcionarios públicos, en los hechos que conozcan en ejercicio de sus funciones...”.

Esto quiere decir que la procuradora, al igual que cualquier servidor público, está obligada a denunciar un delito cuando es testigo de este o conoce de él por terceras personas. La procuradora optó por calificar a De León como víctima del presunto delito, y esto le concede protección a su intimidad y a las declaraciones y pruebas que aporte la presunta víctima durante el proceso.

La actuación de la procuradora le da la oportunidad al magistrado De León de colaborar con la justicia, protegiendo su intimidad. En cambio, los presuntos perpetradores de la extorsión tendrían que enfrentarse a esa interceptación como una prueba de su delito.

La iniciativa de la procuradora tiene interesantes efectos procesales. El efecto más inmediato es crear un impedimento para que el magistrado Hernán De León siga conociendo del caso de los pinchazos y los recursos interpuestos (amparos, solicitud de fianza, apelaciones). Hilando con precisión, este impedimento se le puede extender a los magistrados Efrén Tello y Asunción Alonso, que fueron mencionados por la procuradora -citando a De León- como parte del grupo que quería “tumbar” el caso de los pinchazos.

Otro efecto procesal destacado es que, dado que hay una presunta víctima de extorsión por supuestos pinchazos ilegales, la fiscalía puede investigar a todos los presuntos beneficiarios de una extorsión, sin limitaciones. En este caso, no se aplica la restricción del principio de especialidad vinculado a las extradiciones.

Este proceso será desarrollado con las reglas del sistema penal acusatorio. Dado que puede implicar gestiones procesales en Italia y Estados Unidos y, según lo mencionado por la procuradora, pudieron haber sido pinchadas 5 mil personas, el caso necesariamente deberá recibir tramitación de causa compleja, amparado por la Ley 121 de 2013, que le permite al fiscal solicitar hasta cuatro años para investigar, y que da pie a declarar en reserva el expediente.

Una herramienta fundamental para esta nueva investigación será el uso del Convenio sobre Ciberdelincuencia de Budapest, que establece en sus artículos 2 y 3 la obligatoriedad de los Estados de combatir la interceptación ilegal de comunicaciones. Este convenio enumera los mecanismos de cooperación internacional que seguramente serán útiles para rastrear las máquinas pinchadoras y sus nefastos archivos. De esta forma, la procuradora dio inicio a otra saga judicial que pone a la Corte Suprema de Justicia al examen de la historia.


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