Panamá aún no cuenta con una ley que prohíba la discriminación en todos los sentidos; se mantiene sin nombrar jueces y fiscales por concursos, como lo recomendó el Pacto de Estado por la Justicia, y debe de mejorar la ley del sistema penal acusatorio, con el propósito de disminuir los acuerdos o disminución de penas en casos de violaciones y feminicidos.
Estas son algunas de las advertencias que fueron plasmadas en el informe que sirve de base para el Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), para evaluar la situación de los derechos humanos en Panamá. Las acotaciones del informe se basan en los planteamientos hechos por instituciones gubernamentales y oenegés que la ONU escoge al azar.
Con base a estas advertencias, el próximo 20 de noviembre el Consejo de Derechos Humanos oficializará las recomendaciones del EPU al Estado panameño.
Hasta marzo de 2021 es el plazo que tiene Panamá para presentar su postura ante las recomendaciones emitidas. Mientras que para el mes de febrero de ese mismo año, la Defensoría del Pueblo, a cargo de Eduardo Leblanc, deberá presentar al EPU un informe sobre las adecuaciones y recomendaciones que debió haber hecho Panamá este año.
El informe
Por ejemplo, el país todavía no ha ratificado el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ni el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Tampoco se ha avalado la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las personas mayores. Cabe señalar que en ambos casos, la Defensoría del Pueblo recomendó la ratificación o adhesión a estos convenios.
Tampoco existe una ley que prohíba la discriminación en todos los sentidos, incluyendo la orientación sexual, ni una ley sobre identidad de género. Aunque existe la Ley 7 de 14 de febrero de 2018, que establece sanciones por hostigamiento, acoso sexual, racismo y sexismo en diversos entornos, “la misma no protege de forma expresa a las personas Lgbtiq”, señaló la Defensoría del Pueblo, en su momento. Asimismo, advirtió que el Decreto Ejecutivo 204 de 3 de septiembre de 1997 todavía mantiene la homosexualidad como una falta gravísima para los miembros de la Policía.
Igualmente, el documento destaca, dentro de los derechos civiles y políticos, que se debe nombrar a jueces y fiscales por concurso y capacitar a todo el personal involucrado en los procesos legales para una justicia efectiva. El país aprobó la ley de carrera judicial, pero esta no se ha implementado por falta de presupuesto, según ha dicho reiteradas veces la Corte Suprema de Justicia.
También piden que se mejore la ley del sistema penal acusatorio. Sobre el derecho a la intimidad, se señala que, aunque Panamá cuenta con una ley de protección de datos que empieza a regir en marzo de 2021, la norma contiene “debilidades”.
En cuanto a las libertades fundamentales, se llama la atención sobre el contexto en el cual los periodistas y medios de comunicación han sido objeto de múltiples demandas penales y civiles, que supuestamente buscaban proteger la privacidad y el honor de los demandantes, pero que en el fondo buscaban impedir que se informara sobre procesos y hechos de interés público.
