Desde finales del siglo XVIII, la Cuarta Enmienda de la Constitución Federal de Estados Unidos protege el derecho a la intimidad de todas las personas bajo jurisdicción de ese país. Con el advenimiento de nuevas tecnologías tales como el telégrafo en 1837 y el teléfono en 1876, el derecho a la intimidad tuvo que ser redefinido para incluir a a las telecomunicaciones.
Para finales del siglo XIX, una gran cantidad de estados del norte de Estados Unidos habían tipificado como delito la interceptación ilegal de las telecomunicaciones. Tal era la conciencia que existía sobre el tema, que después de la Primera Guerra Mundial (1914-1918), el Departamento de Justicia de Estados Unidos, equivalente a nuestro Ministerio Público, había prohibido el uso de las interceptaciones telefónicas como una fuente de evidencias para casos judiciales. En 1934, con la Ley Federal de Comunicaciones de ese año, se tipificó como delito la interceptación ilegal de comunicaciones telefónicas.
Esta legislación ha sido actualizada periódicamente para incluir nuevos sistemas de comunicaciones, tales como la telefonía celular, el correo electrónico y otros similares. También es importante entender que Estados Unidos es signatario de múltiples acuerdos internacionales de derechos humanos, por los que se protegen las diversas manifestaciones del derecho a la intimidad. El convenio de Budapest para la prevención y combate del ciberdelito de 2001, ratificado por Estados Unidos, también tipifica como delito la intervención ilegal de todas las formas de comunicación digital, electrónica o de telefonía celular.
Cuando el juez federal Edwin Torres evaluó los argumentos presentados en favor de la extradición del expresidente Ricardo Martinelli, reconoció en su decisión que se cumplía con el requisito de la doble incriminación, es decir, que los cuatro delitos por los que Panamá solicitaba la extradición del expresidente Ricardo Martinelli eran delitos en Panamá como en Estados Unidos. Argumentar que la extradición fue defectuosa es tirar otra cortina de humo.
El autor es abogado

