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Proyecto de ley de la Fiscalía Electoral pasa primer debate

Proyecto de ley de la Fiscalía Electoral pasa  primer debate
El proyecto de ley 546 propone 22 artículos. Roberto Cisneros

Que el salario del fiscal general electoral sea equiparado con el de los magistrados del Tribunal Electoral (TE), en $10 mil mensuales, es una de las propuestas del proyecto de ley 546, que crea la ley orgánica de la Fiscalía Electoral, aprobado ayer en primer debate por la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional, que preside el perredista Crispiano Adames.

De acuerdo con Adames, antes de ser aprobado en primer debate el proyecto de ley pasó por una subcomisión, presidida por su colega Roberto Ábrego, a quien se le encomendó, junto con otros diputados, la reestructuración del proyecto original.

La propuesta aprobada ayer en primer debate, de 22 artículos, confiere nuevas facultades legales a la Fiscalía Electoral y refuerza los conceptos de autonomía y dependencia administrativa y económica, a fin de que la entidad cumpla la ley.

También estipula que el secretario general de la fiscalía sea designado por el fiscal general.

Asimismo, incluye sanciones para aquellos funcionarios electorales que perpetren o contribuyan con la comisión de un fraude o con la violación de derechos políticos, que también tendrán responsabilidad penal.

El diputado independiente Juan Diego Vásquez dijo no estar de acuerdo con que una ley orgánica como ésta, en vez de buscar ordenar una institución y a sus funcionarios, se centre en modificaciones de forma a la ley anterior, especialmente en lo que se refiere a beneficios contractuales, ajustes salariales, entre otras perrogativas laborales de los funcionarios.

“Yo no estoy de acuerdo con que los directores de la fiscalía ganen los mismo que los del tribunal, porque [la fiscalía] no tiene ni el 10% de empleados [que tiene el TE]. Ese pensamiento de que la plata nos da el valor nos está matando, y venir con un aumento salarial en esta época de pandemia es injustificable”, dijo.

El siguiente paso es que el pleno de la Asamblea apruebe el proyecto en segundo tercer debate y luego lo remita al Ejecutivo para su promulgación.


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