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ANÁLISIS

Un proceso de extradición a conveniencia

Un proceso de extradición a conveniencia
La fiscal Tania Sterling lleva el caso en Panamá. Archivo

En el auto 52 del 10 de agosto de 2020, el juez duodécimo de Circuito Penal del Primer Distrito Judicial de Panamá, Óscar Carrasquilla, negó un incidente de nulidad presentado por el abogado Carlos Carrillo en representación de los hermanos Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares como parte del caso de Odebrecht.

Según el fallo de cinco páginas, la pretensión del abogado Carrillo era anular la solicitud de extradición que había sido efectuada por la Fiscalía Especial Anticorrupción en el caso Odebrecht y que tenía por objeto traer a los jóvenes empresarios a Panamá para que fueran presentados a la justicia.

Esta decisión fue validada por la fiscal Tania Sterling, y encuentra que el trámite procesal de la solicitud de extradición tendría el fundamento legal correcto.

Aunque el fallo del juez Carrasquilla es un espaldarazo al Ministerio Público, es poco probable que la operación de propaganda existente alrededor de los casos de gran corrupción lo reconozcan como tal.

La extradición

El efecto práctico de este fallo es meramente académico, ya que la extradición de los hermanos Martinelli Linares fue suspendida cuando se les otorgó sendas fianzas de excarcelación. Lo que significa que el juzgado penal que tienen el conocimiento del caso Odebrecht giró oficios a la Dirección de Investigación Judicial de la Policía Nacional, y a través de esta a la Interpol, expresando que Panamá ya no solicitaba su detención y, por lo tanto, no había justificación para la extradición.

Para revivir la solicitud de extradición a Estados Unidos por este caso, las fianzas concedidas en favor de los hermanos Martinelli Linares tendrían que ser canceladas o revocadas.

Un dato a destacar es que precisamente el 30 de julio, unos 20 días antes del fallo del juez Carrasquilla, la Aseguradora Ancón giró una nota a ese mismo juzgado solicitando el retiro de la fianza de $2 millones consignada en favor de Luis Enrique Martinelli Linares para no ser detenido en el caso Odebrecht.

Otro camino sería, entonces, que luego de haber levantado o cancelado las fianzas, de haberse girado nuevamente las respectivas órdenes de detención, el Ministerio Público tendría que solicitar otra vez la extradición de estos panameños. Esta vez, a Guatemala, país en el que se encuentran detenidos a la espera del proceso de extradición hacia Estados Unidos.

La legislación guatemalteca establece que en materia de extradición tiene preferencia el primer país que la solicita al Estado guatemalteco; en este caso, Estados Unidos.

Los esfuerzos de reactivar una extradición suspendida no buscan los mejores intereses de la justicia panameña, sino entrar en un conflicto internacional innecesario que al final Panamá no ganará, y tendrá que cargar con las consecuencias de un sistema de justicia ridiculizado a nivel mundial.


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