Se denominan “extranjerismos crudos” aquellas voces de otros idiomas que se usan en textos escritos en español sin que hayan sufrido adaptación formal para adecuarse a los patrones gráfico-fonológicos de nuestra lengua, de forma que conservan su grafía y su pronunciación originarias.
En un texto en español pueden aparecer ocasionalmente términos de otra lengua, que el autor incluye a fin de aportar color local, por prurito culto o bien porque pretende aludir a una realidad exclusiva de la cultura o la civilización relacionadas con dicha lengua.
Otras veces se trata de extranjerismos difundidos en época más o menos reciente, empleados con frecuencia por los hablantes o por los medios de comunicación. Normalmente designan realidades nuevas o ajenas a nuestra cultura, que se han incorporado al uso con el nombre que tienen en la lengua en la que han surgido o que ha contribuido a su divulgación: apartheid, blues, geisha, pendrive, piercing, pizza, reggae, etc.
En cualquiera de los casos, los extranjerismos no adaptados o las voces de otras lenguas usadas con conciencia de tales deben escribirse siempre en los textos españoles con una marca gráfica que evidencie su condición de voces foráneas, razón por la que no tienen por qué atenerse a nuestras reglas ortográficas ni pronunciarse como correspondería en español a la grafía que presentan. Los extranjerismos crudos deben aparecer en cursiva en la escritura topográfica (o en redonda, si el texto base está en cursiva) y entre comillas en los textos manuscritos.
La Academia dice:
En ejemplos como “A mi hijo le encanta el ballet”, “Su novia es cantante de jazz”, “He grabado los archivos en un pendrive” y “Las artes liberales medievales se agrupaban en el trívium y el quadrivium”, los extranjerismos crudos deben escribirse según las normas ortográficas.
