Corte no admite demandas contra decreto que excluye al PRD en elecciones del 4-1

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia no admitió las demandas presentadas por los candidatos a diputado del PRD, Denis Arce y Gladys Novoa, contra un decreto que convoca a elecciones parciales en el circuito 4-1, Chiriquí.

Corte no admite demandas contra decreto que excluye al PRD en elecciones del 4-1
Corte no admite demandas contra decreto que excluye al PRD en elecciones del 4-1

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió las demandas presentadas por los candidatos a diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Denis Arce y Gladys Novoa, contra un decreto que convoca a elecciones parciales en el circuito 4-1, Chiriquí.

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PRD se queja por exclusión en elecciones del circuito 4-1Rogelio Baruco y Miguel Fanovich, en la mira

Así las cosas, Arce y Novoa quedan fuera de esos comicios.

El abogado del PRD, Manuel Bermúdez, había presentado el recurso luego de que el Tribunal Electoradal excluyera, a través del decreto 25 del 11 de noviembre de 2014, al PRD en las elecciones.

De acuerdo un comunicado de la Corte, “ambos expedientes en mención, le fueron repartidos como ponente al magistrado Víctor Benavides, quien, mediante las resoluciones de 25 de noviembre de 2014, decidió no admitir las demandas presentadas por Arce y Novoa, toda vez que, a su juicio, las demandas evidencian que versan sobre materia de naturaleza eminentemente electoral, por lo que la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia que no es competente para conocer de las mismas”.

El Tribunal Electoral llamó elecciones en el 4-1 luego de que admitiera las denuncias de impugnación contra los diputados proclamados Miguel Fanovich, del Movimiento Liberal Republicano Nacionalista (Molirena), y de Rogelio Baruco, de Cambio Democrático (CD).

En esa región se eligen tres diputados. El Tribunal había otorgado la certificación como diputado a Samir Gozaine del PRD.

En el decreto 25 del 11 de noviembre, el Tribunal explica la razón por la cual excluye al PRD de estos comicios.

Destaca, por ejemplo, que el partido excedió “el cociente” en ese circuito con 30 mil votos, por lo que le adjudicaron la curul a Gozaine, y luego “haberse acogido el incidente de exclusión presentado”.

El TE señala que “si el PRD participa en la nueva elección parcial, tendría doble oportunidad con los mismos votos de elegir otro diputado, lo que resulta inadmisible por la indebida ventaja que tendría dicho partido, generando una inquietud que no puede permitir el Tribunal Electoral”.

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